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Los agentes físicos más importantes presentes en el sector son variados y proceden de diversas fuentes de energía.
En primer lugar, se podrían situar aquellos relacionados con la energía mecánica, el ruido y las vibraciones, debido a la utilización de herramientas variadas (motosierras, desbrozadoras…) y uso de maquinaria (tractores, cosechadoras…).
Por otra parte, se encuentran los relacionados con la energía calorífica. Un ambiente térmico desfavorable puede ocasionar situaciones de incomodidad con consecuencias para la salud, pero también puede desencadenar situaciones de peligro grave si las condiciones ambientales son extremas. La exposición a condiciones climatológicas adversas va a ser común en todas las actividades relacionadas con el sector (temperaturas extremas, lluvia, viento…) ya que una gran parte de estas actividades son desarrolladas a la intemperie, de forma que, en la agricultura, las condiciones térmicas van a ser muy variadas y altamente sujetas a variaciones meteorológicas, estacionales y geográficas que pueden generar estrés térmico tanto por calor como por frío.
Por último, y no por ello menos importante, están los relacionados con la energía electromagnética en forma de radiación, principalmente, la radiación ultravioleta, ya que por el tipo de labor que realizan los trabajadores agrícolas, éstos se consideran uno de los colectivos más expuestos de forma directa a radiaciones ultravioleta, dadas las largas jornadas laborales que tiene lugar a lo largo de muchos meses al año, en algunos casos de forma intensa.
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Aquí respondemos a algunas de las dudas básicas de riesgos físicos.
Los efectos sobre la salud de la exposición a riesgos físicos son muy variados, desde la sordera profesional hasta el cáncer, así en función de la naturaleza del agente físico, las consecuencias en términos de salud para los trabajadores van a ser diferentes.
Un ambiente térmico desfavorable, puede provocar desde una mera sensación de malestar, ya sea por calor o por frío, déficit en la atención o concentración que puede incrementar la tasa de errores y con ella la de accidentes, hasta la muerte por hipotermia o golpe de calor.
Por su parte, las radiaciones UV en pequeñas dosis, tienen numerosos efectos beneficiosos para la salud humana: estimulan la producción de vitamina D, beneficia patologías de la piel (como la psoriasis, dermatitis, etc.), multiplica la producción de glóbulos rojos y estimula el transporte de oxígeno por la sangre, etc. Sin embargo, una exposición descontrolada, tanto en el ámbito privado como en el laboral, tiene como consecuencia una serie de efectos adversos, especialmente sobre la piel (quemaduras, fotoenvejecimiento, cancer de piel…), los ojos (fotoqueratitis, cataratas…) y el sistema inmunitario (inhibición del funcionamiento normal de las defensas naturales del cuerpo aumentando el riesgo de infecciones víricas, bacterianas, parasitarias o fúngicas).
Además, es importante destacar que las personas expuestas a radiaciones ultravioletas en su trabajo deben además tener en cuenta que los rayos UVA tienen efectos acumulativos y debido a su acción interna, las lesiones se muestran a lo largo del tiempo, cuando ya no se puede prevenir el daño. Por tanto, cuanto más tiempo estén expuestos, más sensibles serán a sus efectos.
Con respecto a la exposición repetida y duradera a niveles elevados de ruido, la pérdida de la capacidad auditiva es la consecuencia más conocida, y probablemente la más grave de la exposición al ruido, pero no es la única, ya que también son conocidos los efectos de tipo fisiológico y comportamentales, más conocidos como efectos extrauditivos. Así pues, los efectos más comunes son:
Además de todo lo anterior, el ruido:
Y, por último, la exposición a vibraciones produce diversos trastornos musculoesqueléticos y neurológicos. Siempre que se tratan aspectos relacionados con la exposición a vibraciones mecánicas, hay que diferenciar la exposición entre vibraciones que se transmiten al sistema mano-brazo y las que se transmiten al cuerpo completo. Ahora bien, los efectos que puedan aparecer como consecuencia de la exposición a vibraciones mecánicas no van a depender exclusivamente de la magnitud de éstas, sino que también van a estar implicados otros factores como pueden ser la frecuencia, la duración de la exposición las características del trabajador, las condiciones de trabajo, los factores ambientales, etc.
Con carácter general, los principales efectos serán osteomusculares y circulatorios, así como otros relacionados con las funciones del sistema nervioso central.
En el sistema mano-brazo, la naturaleza de las alteraciones que se pueden dar en la salud es tanto vascular, como neurológica y musculo esquelética. Entre las más importantes destacan:
En el caso de las vibraciones de cuerpo completo, la zona donde aparecen mayores alteraciones de la salud es en la de la espalda y principalmente en la zona lumbar. También puede verse afectada la zona de la nuca y los hombros.
Tanto en el sistema mano-brazo como de cuerpo completo, existen otros trastornos que siguen estando en discusión porque no está del todo claro que exista una relación directa con la exposición a vibraciones mecánicas. Estamos hablando de trastornos digestivos, reproductivos, circulatorios, auditivos, etc.
Para la evaluación del riesgo por calor se utilizan los denominados índices de estrés que representan, mediante la asignación de un único número, los efectos de los parámetros básicos que caracterizan a un ambiente térmico (temperatura del aire, temperatura de globo, humedad relativa, etc.), El más utilizado es el denominado WBGT que tiene dimensiones de temperatura y que se compara con el valor que corresponde al consumo metabólico del trabajador para estimar la tolerancia de la exposición.
La determinación del estrés por frío es mucho más compleja, aunque el objetivo principal es impedir la hipotermia (la temperatura interna no debe descender por debajo de los 36 ºC) también hay que prevenir las lesiones causadas por el frío en las extremidades y la cabeza.
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El efecto más grave de la exposición a situaciones de calor intenso es el golpe de calor.
Un golpe de calor se produce cuando la temperatura del cuerpo aumenta por encima de lo normal de forma rápida y no puede disminuir. Suele producirse por estar expuesto al sol o a altas temperaturas durante un tiempo prolongado o realizar actividades físicas en altas temperaturas.
Cuando se produce el llamado golpe de calor, la temperatura corporal supera los 40,6ºC, siendo mortal entre el 15 % y 25 % de los casos.
Los síntomas más comunes cuando se sufre un golpe de calor son: dolor de cabeza, pulso acelerado, respiración rápida, piel seca y roja, sudoración excesiva, náuseas, sensación de debilidad, pérdida de fuerza y vómitos. Pero también la fiebre, los cambios en el comportamiento como confusión, balbuceo o incluso delirio y las convulsiones pueden indicar que estamos sufriendo un golpe de calor.
En caso de producirse un golpe de calor, la manera más adecuada de actuar es:
Entre las medidas preventivas que se pueden aplicar frente al estrés térmico por calor se encuentran:
En el caso de estrés térmico por frío, algunas de las medidas que se pueden aplicar son:
Más información:
La radiación ultravioleta (UV) es una forma de radiación no ionizante. El Sol emite radiación en un amplio rango del espectro electromagnético y en concreto emite significativamente en la zona del ultravioleta (longitudes de onda entre los 100 y los 400 nm).
La radiación ultravioleta se suele dividir en tres zonas dependiendo de su energía:
La parte más dañina de esta radiación (la denominada radiación UVC) no alcanza la superficie terrestre ya que es absorbida por la atmósfera, especialmente en la denominada capa de ozono. La radiación que llega a la tierra es la UVA en su totalidad y una pequeña parte de UBV (aproximadamente un 90% son absorbidos en la atmósfera). Tanto la radiación UVA como la UVB pueden afectar la salud, pero la radiación UVA penetra más profundamente en la piel y es más constante durante todo el año.
Para medir la exposición la radiación ultravioleta se utiliza el denominado índice ultravioleta (UVI o Ultra Violet Index), que mide la intensidad de la radiación ultravioleta que alcanza la superficie terrestre en cada longitud de onda ponderada con su acción dañina sobre el hombre.
En la actualidad, existe un índice ultravioleta estándar de la Organización Mundial de la Salud en colaboración con la Organización Meteorológica Mundial, el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente y la Comisión Internacional para la Protección frente a Radiaciones No Ionizantes. No sólo estandariza los métodos de cálculo del índice sino también un código de colores y gráficos para ofrecer la información al público.
El índice tiene un valor mínimo teórico de 0 y no tiene un valor máximo. Este índice estándar permite emitir predicciones de UVI comparables en todo el mundo. Los colores utilizados son el verde para UVI bajo (entre 0 y 2), el amarillo para UVI moderado (entre 3 y 5), el naranja con un riesgo alto (entre 6 y 7), el rojo para UVI muy alto (entre 8 y 10) y el morado para UVI extremo (superior a 11).
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Son muchas las variables que intervienen en los puestos de trabajo con exposición a la radiación solar, la zona geográfica, la hora del día, las condiciones meteorológicas y el tipo de piel del trabajador son sólo algunos ejemplos.
La Agencia Estatal de Meteorología publica diariamente en su página web los valores de UVI peninsulares e Insulares. Dependiendo del valor del UVI, el trabajador, teniendo en cuenta los factores anteriormente mencionados, debe tomar las medidas adecuadas para su protección de la radiación UV.
Algunas de estas medidas son:
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El artículo 4 del Real Decreto 1311/2005 establece la obligación del empresario de evaluar el riesgo derivado de la exposición a vibraciones. Como norma general, y excepto en aquellos casos en que la naturaleza y el alcance de los riesgos hagan innecesaria una evaluación detallada de éstos, la evaluación se basará en la cuantificación del riesgo, que se llevará a cabo mediante la determinación del parámetro A (8). Este parámetro representa el valor de la exposición diaria a vibraciones, normalizado para un periodo de ocho horas.
Por lo que, siempre que se sospeche de la existencia de riesgo, éste debe evaluarse. Como norma general, y excepto en aquellos casos en que la naturaleza y el alcance de los riesgos hagan innecesaria una evaluación detallada de éstos, la evaluación se basará en la cuantificación del riesgo, que se llevará a cabo mediante la determinación del parámetro A (8). Este parámetro representa el valor de la exposición diaria a vibraciones, normalizado para un periodo de ocho horas, y se puede obtener por medición de la aceleración o por su estimación a partir de datos disponibles. El valor de A (8), que se determina de manera diferente según se trate de vibraciones transmitidas al sistema mano-brazo (VMB) o de vibraciones transmitidas al cuerpo entero (VCE), depende de dos factores: la magnitud de la vibración (expresada por su aceleración) y el tiempo de exposición.
El Real Decreto 1311/2005 ofrece dos posibilidades para disponer de los valores de la aceleración ponderada en frecuencia: utilizar datos publicados sobre la misma o medirlos. En el primer caso pueden utilizarse los valores que deben figurar en el manual de instrucciones que debe acompañar a cada máquina o bien utilizar los que están disponibles en diferentes bases de datos (véase el apéndice 2 de la Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con las vibraciones mecánicas del INSST). En el segundo caso, el Apéndice 3 de esta Guía del INSST recoge las consideraciones para tener en cuenta para medir la aceleración.
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En relación con las medidas preventivas, hay que atenerse a lo establecido en artículo 5 del Real Decreto 1311/2005 “Teniendo en cuenta los avances técnicos y la disponibilidad de medidas de control del riesgo en su origen, los riesgos derivados de la exposición a vibraciones mecánicas deberán eliminarse en su origen o reducirse al nivel más bajo posible”.
No obstante, dependiendo del valor A (8) obtenido la Guía Técnica nos propone una serie de acciones a tomar:
Por citar algunas recomendaciones generales a tener en cuenta:
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El artículo 6 del Real Decreto 286/2006 establece la obligación del empresario de realizar una evaluación basada en la medición de los niveles de ruido a que estén expuestos los trabajadores, sin embargo, dicha medición no será necesaria en los casos en que la directa apreciación profesional acreditada permita llegar a una conclusión sin necesidad de la misma.
Así pues, la evaluación de la exposición al ruido requiere, en general, la medición de los niveles de ruido y la correspondiente comparación con los valores inferior y superior de exposición, así como con los valores límite.
LAeq,d db(A) | Lpico db(C) | |
---|---|---|
VALORES LÍMITE DE EXPOSICIÓN | 87 | 140 |
VALORES SUPERIORES DE EXPOSICIÓN QUE DAN LUGAR A UNA ACCIÓN | 85 | 137 |
VALORES INFERIORES DE EXPOSICIÓN QUE DAN LUGAR A UNA ACCIÓN | 80 | 135 |
La elección de la estrategia de medición supone la planificación de las mediciones respecto del tiempo de duración, elección de la jornada o jornadas, los períodos de la jornada que se quieren cuantificar, los trabajadores a quien se quiere efectuar la medición y los instrumentos que se utilizarán.
Para medir el ruido se pueden utilizar sonómetros, sonómetros integradores y dosímetros personales, utilizándose éstos últimos cuando el puesto de trabajo implica movilidad o en general cuando la variación del nivel de ruido es muy elevada o no se puede predecir a lo largo de la jornada.
La guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la exposición de los trabajadores al ruido establece en su apéndice 5 criterios y recomendaciones para realizar las mediciones del nivel de ruido, como pueden ser los instrumentos de medición, la selección de la jornada de medición, las estrategias de medición…
En relación con las medidas preventivas, de acuerdo con el artículo 4 del Real Decreto 286/2006, la exposición al ruido debe eliminarse en su origen o reducirse al nivel más bajo posible, teniendo en cuenta los avances técnicos y la disponibilidad de medidas de control en su origen.
En base a lo anterior, y teniendo en cuenta los principios generales de la acción preventiva, algunas medidas dirigidas a evitar o reducir la exposición pueden ser:
Para más información consultar:
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