Guía técnica para la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual
El Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, modificado por Real Decreto 1076/2021, de 7 de diciembre.
El Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo (transposición de la Directiva 89/656/CEE del Consejo, de 30 de noviembre de 1989), sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, modificado por Real Decreto 1076/2021, de 7 de diciembre (transposición de la Directiva 2019/1832 de la Comisión, de 24 de octubre de 2019), adecúa el nivel de protección de la salud y la seguridad de las personas trabajadoras en el trabajo a los requisitos exigidos en el actual marco normativo establecido por la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
En la disposición final primera, el real decreto insta al INSST a la elaboración y a la actualización de una guía técnica para facilitar la aplicación del mismo.
La guía, de carácter no vinculante, está formada por tres partes bien diferenciadas. Una primera parte, de carácter jurídico, en la que se recoge el articulado y las disposiciones derogatorias y finales junto con las aclaraciones de los conceptos relevantes. Una segunda parte, de carácter técnico, en la que se recoge las disposiciones mínimas incluidas en los anexos del real decreto, en la que se proporcionan directrices destinadas a simplificar y apoyar la selección de equipos de protección individual apropiados en relación con los riesgos, las actividades y los sectores involucrados. Y, por último, una tercera parte compuesta de apéndices que amplía la información sobre las condiciones que debe cumplir los equipos de protección individual (EPI) para que puedan ser comercializados en la Unión Europea, así como sobre los aspectos claves a tener en cuenta en la selección y uso de los EPI más comunes.
La necesidad de esta actualización surge con objeto de incorporar los cambios normativos que afectan el diseño y la fabricación de los EPI que se comercializan en la Unión Europea, con motivo de la entrada en vigor del Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a los equipos de protección individual y por el que se deroga la Directiva 89/686/CEE del Consejo; así como aquellas modificaciones derivadas de la publicación del Real Decreto 1076/2021, de 7 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 773/1997,de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
En esta última edición, como aspectos más relevantes cabe destacar la actualización de los anexos I, II y III, al objeto de garantizar la coherencia con la clasificación de riesgos dispuesta en el Reglamento (UE) 2016/425, así como la armonización con la terminología y los tipos de EPI establecidos en este. A su vez, se ha suprimido el anexo IV dado que no se ha incluido en la Directiva (UE) 2019/1832, de 24 de octubre de 2019, y su contenido no ha sido adaptado por la Comisión Europea al Reglamento (UE) 2016/425. Otra modificación importarte es la actualización de todo el contenido del Apéndice 2 en relación con las nuevas disposiciones establecidas en el Reglamento (UE) 2016/425, especialmente en lo referente a los requisitos esenciales de salud y seguridad y los procedimientos de evaluación de la conformidad de los EPI.