Normativa nacional de Equipos: Equipos de trabajo y máquinas - Máquinas
Normativa sobre máquinas.
El presente Real Decreto perderá vigencia a partir del 13 de diciembre de 2024 en aplicación del Reglamento (UE) 2023/988 del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de mayo de 2023 relativo a la seguridad general de los productos, por el que se modifican el Reglamento (UE) n.o 1025/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva (UE) 2020/1828 del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan la Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 87/357/CEE del Consejo
El Reglamento (UE) 2023/1230 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2023, relativo a las máquinas, deroga la Directiva 2006/42/CE que fue transpuesta a nuestro ordenamiento jurídico por el RD 1644/2008. El citado reglamento europeo será aplicable a partir del 20 de enero de 2027.
La normativa aplicable a máquinas comercializadas o puestas en servicio antes de la entrada en vigor del RD 1644/08, puede ser consultada en el "análisis jurídico" de esta norma. Información adicional (MINECO)
El presente Reglamento entró en vigor en junio de 2023. Será aplicable a partir del 13 de diciembre de 2024.
Este reglamento será aplicable a partir del 20 de enero de 2027.