Instalaciones industriales

En los lugares de trabajo es Imagen Instalaciones Industriales necesario disponer de instalaciones anejas a los mismos, que proporcionan un determinado servicio o suministro para el correcto funcionamiento de dichos lugares y para la actividad económica que en ellos se desarrolla, por ejemplo: electricidad, gas, calefacción, aire acondicionado, protección contra incendios, etc.

Dichas instalaciones pueden generar riesgos tanto para los trabajadores que las utilizan o mantienen como para aquellos que se encuentren en sus proximidades. Por ello, el empresario, en cumplimiento de su deber de proteger la seguridad y salud de sus trabajadores, deberá garantizar un adecuado control de los riesgos asociados a las mismas.

 

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Información básica

Aquí respondemos a algunas de las dudas básicas de instalaciones industriales.

Podemos diferenciar dos tipos de instalaciones industriales con diferente normativa de aplicación:

  • Instalaciones anejas a los lugares de trabajo (p. ej electricidad, agua, aire acondicionado, protección contra incendios, etc.): son consideradas como parte integrante de los mismos.).  Estas instalaciones deberán cumplir las disposiciones mínimas establecidas en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo (normativa del ámbito de la legislación laboral), así como las que se deriven de las reglamentaciones específicas de seguridad que resulten de aplicación (normativa del ámbito de la seguridad industrial).
  • Equipos de trabajo que formen parte de las instalaciones éstos se consideran equipos de trabajo y por lo tanto deberán cumplir las disposiciones pertinentes del Real Decreto 1215/1997. Estos equipos de trabajo constituyentes de instalaciones industriales también serán objeto (por razones de seguridad) de mantenimiento, revisión o comprobación de acuerdo con lo establecido en dicho Real Decreto, que pertenece al ámbito normativo de la legislación laboral.

Entre las más comunes podemos destacar: las instalaciones de almacenamiento de productos químicos, las instalaciones eléctricas, las instalaciones térmicas, las frigoríficas, la de combustibles gaseosos, la de protección contra incendios, entre otras.

En términos generales el empresario responsable de cualquier instalación industrial debe asegurarse de que:

  • Es puesta en servicio a través de su registro en el órgano competente correspondiente en cada comunidad autónoma. La mayoría de las veces implica el encargo previo de la elaboración de un proyecto o memoria técnica, la ejecución del proyecto o instalación propiamente dicha por parte de un instalador autorizado y la emisión de un certificado de instalación.
  • Cumple la normativa que le afecte siempre que se realicen modificaciones o reformas posteriores sobre la misma.
  • Se somete a las operaciones de mantenimiento establecidas en la normativa de aplicación, en la mayoría de los casos, llevadas a cabo por empresas mantenedoras habilitadas.
  • Se somete a las inspecciones periódicas establecidas en su normativa de aplicación, por parte de organismos de control.
  • Posee y custodia toda la documentación técnica relacionada con esa instalación, ej.: proyecto o memoria técnica, manual de uso y mantenimiento, certificado de instalación, certificado de inspección, actas de mantenimiento, etc.
  • Una vez alcanzado el fin de la vida útil de la instalación, ésta es desmantelada por empresas habilitadas las cuales emitirán certificado correspondiente para poder dar de baja la instalación en el órgano competente de la comunidad autónoma.

El desarrollo normativo en materia de seguridad industrial es competencia del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad; no obstante, la aplicación de dicha normativa es competencia de las Comunidades Autónomas y por lo tanto, de los órganos de Industria que cada Comunidad Autónoma determine.

Además de ello, hay que tener en cuenta que en determinadas materias, como la seguridad contra incendios, puede existir normativa de carácter local que debe tenerse en consideración en la gestión de dichas instalaciones.

El responsable único es el empresario titular el cual tiene la obligación de eliminar o reducir los riesgos asociados a las instalaciones industriales. Para ello puede contar con la implicación y colaboración de diferentes personas como son: servicio de prevención, personal de mantenimiento y trabajadores. Todos ellos tendrán un nivel de participación y responsabilidad diferente, que irá acorde a sus conocimientos y a las tareas delegadas y encomendadas por el empresario.