Recipientes y equipos a presión

En este apartado encontrará información Imagen recipientes y equipos a presión sobre equipos a presión, los diferentes tipos de equipos, su definición y la normativa que se les aplica.

La definición genérica de equipos de trabajo abarca una enorme variedad de equipos, por ello, este apartado incluye tanto la información general aplicable a todos ellos, como información específica en función del tipo de equipo.

 

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Información básica

Aquí respondemos a algunas de las dudas básicas de recipientes y equipos a presión.

Se define Equipo a presión como:

  • El recipiente cubierta diseñada y fabricada para contener fluidos a presión,
  • La tubería elementos de canalización destinados a la conducción de fluidos, cuando estén conectados para integrarse en un sistema a presión,
  • El accesorio de seguridad dispositivos destinados a la protección de los equipos a presión frente al rebasamiento de los límites admisibles, y
  • El accesorio a presión dispositivos con fines operativos cuya cubierta esté sometida a presión que está sometido a una presión máxima admisible PS superior a 0,5 bar.

Estos equipos viene regulados por:

  • Real Decreto 709/2015, de 24 de julio, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de los equipos a presión.
  • Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.

equipo a presion

Se define recipiente a presión simple como cualquier recipiente soldado, sometido a una presión interna relativa superior a 0,5 bar, diseñado para contener aire o nitrógeno y que no esté destinado a estar sometido a llama.

Imagen de un compresor

La presión máxima de servicio del recipiente será inferior o igual a 30 bar y el producto de dicha presión por la capacidad del recipiente (PS × V) no será superior a 10.000 bar.L. La temperatura mínima de servicio no será inferior a –50 °C ni la temperatura máxima, superior a 300 °C para los recipientes de acero o a 100 °C, para los recipientes de aluminio o de aleación de aluminio.

Estos equipos vienen regulados por:

  • El Real Decreto 108/2016, de 18 de marzo, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de los recipientes a presión simples, y
  • El Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.

Dentro de los Equipos a presión transportables se incluyen:

  • Todos los recipientes a presión, así como, en su caso, sus válvulas y demás accesorios, tal como se incluyen en el capítulo 6.2 del RID (Reglamento relativo al transporte internacional de mercancías peligrosas por ferrocarril),y ADR (Acuerdo Europeo sobre el transporte internacional de mercancías peligrosas por vía terrestre),
  • Las cisternas, los vehículos/vagones en batería, los contenedores de gas de elementos múltiples (CGEM), así como, en su caso, sus válvulas y demás accesorios, tal como se incluyen en el capítulo 6.8 del RID y ADR, cuando los equipos mencionados en los párrafos a) o b) se utilicen de conformidad con el RID o ADR para el transporte de gases de la clase 2, excluyendo los gases o los artículos con las cifras 6 y 7 en el código de clasificación, y para el transporte de sustancias peligrosas de otras clases, indicadas en el anexo I del presente real decreto.

La normativa aplicable a estos equipos es la siguientes:

  • Real Decreto 1388/2011, de 14 de octubre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva 2010/35/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de junio de 2010 sobre equipos a presión transportables.
  • ITC-EP 6 “Recipientes a presión transportables” del Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.

equipos a presión transportables

Se entiende por generador de aerosol el conjunto formado por un recipiente no reutilizable de metal, vidrio o plástico que contenga un gas comprimido «licuado o disuelto a presión» con o sin líquido, pasta o polvo, y esté provisto de un dispositivo de descarga que permita la salida del contenido en forma de partículas sólidas o líquidas suspendidas en un gas, en forma de espuma, pasta o polvo, o en estado líquido.

La normativa de aplicación para estos equipos es

  • Real Decreto 1381/2009, de 28 de agosto, por el que se establecen los requisitos para la fabricación y comercialización de los generadores de aerosoles.
  • La ITC MIE AP-3 del Real Decreto 2549/1994, aún en vigor para Generadores de aerosoles, según se establece en la Disposición adicional quinta del Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias.

Imagen de un aerosol