NTP-1.108: Seguridad en trabajos verticales (I): riesgos y medidas preventivas

Notas Técnicas de Prevención 1.
108 AÑO 2018 Seguridad en trabajos verticales (I): riesgos y medidas preventivas Safety in rope acces (I): risks and preventive measures Sûreté des travaux sur cordes (I): risques et mesures préventives Autor: Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo (INSSBT) Elaborado por: José Mª Tamborero del Pino CENTRO NACIONAL DE CONDICIONES DE TRABAJO. INSSBT Esta NTP es la primera de una serie de cuatro, con las que se pretende actualizar las NTP 682, NTP 683 y NTP 684, estando motivada principalmente por la aparición desde su publicación de mejoras técnicas en los equipos y en los sistemas de sujeción de las cuerdas utilizados en los trabajos verticales.

Fecha de publicación: 25/06/2018

NIPO: 276-18-030-2

Autor: Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), O.A., M.P.

Contiene: 10 páginas

Ultima actualización: 25/09/2024

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Notas Técnicas de Prevención 1.
108 AÑO 2018 Seguridad en trabajos verticales (I): riesgos y medidas preventivas Safety in rope acces (I): risks and preventive measures Sûreté des travaux sur cordes (I): risques et mesures préventives Autor: Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo (INSSBT) Elaborado por: José Mª Tamborero del Pino CENTRO NACIONAL DE CONDICIONES DE TRABAJO. INSSBT Esta NTP es la primera de una serie de cuatro, con las que se pretende actualizar las NTP 682, NTP 683 y NTP 684, estando motivada principalmente por la aparición desde su publicación de mejoras técnicas en los equipos y en los sistemas de sujeción de las cuerdas utilizados en los trabajos verticales.
Las NTP son guías de buenas prácticas.
Sus indicaciones no son obligatorias salvo que estén recogidas en una disposición normativa vigente.
A efectos de valorar la pertinencia de las recomendaciones contenidas en una NTP concreta es conveniente tener en cuenta su fecha de edición.
1.
INTRODUCCIÓN Generalidades Desde la aparición del Real Decreto 2177/2004, que modificó el Real Decreto 1215/1997 de equipos de trabajo en lo referente a los equipos para la realización de trabajos temporales en altura, introduciendo las técnicas de acceso y posicionamiento mediante cuerdas (trabajos verticales), se establecieron las condiciones de utilización haciendo además, referencia al contenido de la formación que deben poseer los profesionales que las utilicen.
El objetivo de esta NTP es el estudio y análisis de los distintos riesgos asociados a la realización de trabajos verticales, los equipos de trabajo utilizados así como las medidas necesarias para prevenirlos.
Marco normativo El uso de las técnicas de acceso y posicionamiento mediante cuerdas en la ejecución de trabajos temporales en altura, está regulado normativamente por el Real Decreto 2177/2004, sobre la utilización de los equipos de trabajo por parte de los trabajadores para realizar trabajos temporales en altura, incorporado como Anexo II, apartado 4 al Real Decreto 1215/1997 sobre equipos de trabajo.
En el Anexo II, apartado 4.
1.
3 del Real Decreto 1215/1997 se indica: La utilización de las técnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas se limitará a circunstancias en las que la evaluación del riesgo indique que el trabajo puede ejecutarse de manera segura y en las que, además, la utilización de otro equipo de trabajo más seguro no esté justificada.
En los comentarios a este apartado realizados en la Guía Técnica de desarrollo del mencionado texto legal, indica las situaciones en las que no estaría justificada la utilización de otros equipos de trabajo, en principio más seguros: 1.
No es técnicamente posible realizar el trabajo con dichos equipos, por ejemplo en trabajos en el interior de espacios confinados, o de pozos en los que resulte inviable introducir o montar, este tipo de equipos.
2.
El montaje y/o utilización de dichos equipos pueden dar lugar a mayores riesgos que los derivados de realizar el trabajo con técnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas.
Podría ser el caso del acceso a objetos naturales (árboles, frentes rocosos, etc.
), construcciones (fachadas de edificios, cubiertas, diques, taludes, puentes, silos, etc.
), instalaciones (postes, estructuras, torres de telecomunicación, líneas eléctricas aéreas, etc.
).
3.
El trabajo a realizar es de corta duración o se trata de una situación que requiere una intervención urgente y el tiempo necesario para disponer del equipo de trabajo adecuado o para el montaje del mismo es muy superior al que se precisa para la intervención con las técnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas, siendo la rapidez de la intervención el factor determinante para la seguridad de las personas a auxiliar, rescatar o proteger.
Podría ser el caso de: la reparación de roturas de conductos de agua potable en patios de luces; la reparación de roturas de bajantes de aguas residuales; operaciones de socorro y salvamento en espacios confinados, pozos, acantilados, cisternas; saneados preventivos en fachadas o colocación de mallas envolventes para evitar desprendimientos que puedan provocar daños a transeúntes, etc.
En cualquier caso, tal como se indica en el articulado del real decreto, será la evaluación de riesgos la que justifique la utilización de las técnicas de acceso y posicionamiento mediante cuerdas.
La aplicación de las disposiciones contenidas en el apartado 4.
4 del Anexo II del Real Decreto 1215/1997 (texto consolidado), serán los requisitos mínimos para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores que ejecuten dichos trabajos.
2 Notas Técnicas de Prevención 2.
DEFINICIÓN. CAMPOS DE APLICACIÓN Definición Se denominan “técnicas de acceso y de posicionamiento mediante cuerdas” (trabajos verticales), a las técnicas para realizar trabajos temporales en altura que se componen de una cuerda o línea de trabajo y de una cuerda o línea de seguridad, fijadas a una estructura, soporte o superficie de forma independiente, y que junto con otros equipos, dispositivos y accesorios específicos, permite al usuario poder acceder, realizar un determinado trabajo a cierta altura y salir.
Se consideran trabajos verticales únicamente aquellos trabajos en altura, en los que el trabajador está suspendido de la cuerda de trabajo (con su cuerda de seguridad) y a diferencia de aquellos en los que el trabajador ejecuta su trabajo también en altura utilizando cuerdas, u otro tipo de sistema de protección anticaídas pero como medida de seguridad frente a caídas de altura a distinto nivel.
Ver figura 1.
Altura Vertical Figura 1.
Ejemplo de trabajo en altura y vertical.
El sistema de trabajo está basado en el empleo de técnicas y en la utilización de equipos y dispositivos específicos, que permiten el desplazamiento en la vertical a través de las cuerdas instaladas (línea de trabajo y línea de seguridad).
La combinación correcta de la cuerda de trabajo (como medio de acceso-descenso y como apoyo) y de la cuerda de seguridad (como medio de emergencia), ambas con sujeción independiente y compatible, será la que garantice una situación de trabajo segura, evitando por tanto los riesgos inherentes de caídas en altura.
Campos de aplicación Esta actividad se lleva a cabo en sectores diversos, siendo muy adecuados para la realización de tareas en lugares de difícil acceso o en situaciones de riesgo de caída de altura a distinto nivel.
No obstante, será la evaluación de riesgos de los trabajos a desarrollar la que determine la adecuación de la aplicación de las técnicas de acceso y posicionamiento mediante cuerdas.
Entre las actividades y tareas en las que puede ser necesario aplicar estas técnicas se pueden destacar: rehabilitación, mantenimiento y restauración de fachadas y patios de edificios, monumentos, etc.
, reparación y protección de estructuras de hormigón; renovación y reparación de tejados y cubiertas, evaluación y elaboración de informes técnicos cuando se deben realizar “in situ”; limpieza de muros cortina, fachadas, cristales, etc.
; instalación de toldos, de aparatos de aire acondicionado y sistemas de refrigeración, líneas de vida y sistemas de protección y seguridad en altura, sistemas contra aves, plagas, etc.
; gas, fontanería, electricidad, etc.
; mantenimientos de estructuras, instalaciones, torres, postes, aerogeneradores, etc.
; obra civil, trabajos en puentes, presas, puertos, etc.
; trabajos en taludes, frentes rocosos, instalaciones de mallas, redes y barreras dinámicas, espacios confinados (pozos, silos, etc.
).
En la figura 2 se muestran algunos de los ejemplos citados.
Figura 2.
Campos de aplicación.
Ejemplos.
3.
RIESGOS Y FACTORES DE RIESGO Los principales riesgos asociados a los trabajos verticales son: Caídas a distinto nivel debidas a: • Rotura de cuerdas por: – Uso de cuerdas inapropiadas en los tendidos de trabajo y seguridad.
– Condiciones climáticas adversas.
3 Notas Técnicas de Prevención – Falta de revisión o mantenimiento inadecuado de las cuerdas.
– Trabajos de soldadura, trabajos cercanos a fuentes de calor sin protección de las cuerdas.
– Uso de productos corrosivos o abrasivos sin protección de las cuerdas.
– Uso de herramientas mecánicas/manuales cortantes o punzantes sin protección de las cuerdas.
– Deficiencias en el sistema de sujeción de las cuerdas (deficiencias en la planificación previa de la tarea, elección de los puntos/dispositivos de anclaje, en su instalación/mantenimiento o en las conexiones a las cuerdas de trabajo y de seguridad).
• Incumplimiento o ausencia de los procedimientos de trabajo y seguridad específicos para trabajos verticales.
• Utilización inadecuada del EPI o falta del mismo.
• Longitud de las cuerdas insuficiente y falta el nudo final de cuerda en alguna o todas las cuerdas.
• Falta de formación e información de los trabajadores.
• Control, mantenimiento y revisión inadecuados de los componentes del equipo de protección contra caídas.
Caída de materiales u objetos en su manipulación sobre personas y/o bienes debida a: • Incorrecta instalación y/o sujeción de los elementos y accesorios para el desarrollo del trabajo.
• Uso inadecuado de sistemas auxiliares para transporte de objetos en altura.
• Incumplimiento de los procedimientos de seguridad en el transporte y uso de herramientas y material.
• Formación e información insuficiente a los trabajadores.
Cortes o heridas de diversa índole por uso de herramientas y maquinaria debidas a: • Incumplimiento o ausencia de los procedimientos de trabajo en relación con el uso y manipulación de herramientas y maquinaria.
• Uso inadecuado de los equipos de trabajo y de protección individual.
• Formación e información a los trabajadores insuficiente en el correcto uso de herramientas y maquinaria.
Caídas al mismo nivel debidas a: • Incumplimiento de los procedimientos de trabajo y seguridad en cuanto al mantenimiento del orden y limpieza de la zona de trabajo.
• Falta de formación e información a los trabajadores.
Proyección de partículas debida a: • Realización de determinadas tareas como picado, soldadura, chorreo (agua o arena) o pintura sin utilizar los EPI adecuados, incumpliendo los procedimientos de trabajo y seguridad en la ejecución de los trabajos.
• Uso inadecuado de los equipos de trabajo y de protección individual.
• Formación e información de los trabajadores insuficiente.
Quemaduras diversas debidas a: • Utilización de herramientas portátiles generadoras de calor sin utilizar los EPI adecuados.
Inhalación de partículas debidas a: • Incumplimiento de los procedimientos de trabajo y seguridad en la ejecución de los trabajos.
• Uso inadecuado de los equipos de trabajo y de protección individual.
• Formación e información de los trabajadores insuficiente.
Contactos eléctricos directos o indirectos debidos a: • Realización de trabajos en proximidad a líneas eléctricas aéreas de AT y/o BT tales como en los trabajos en aerogeneradores, torres de alta tensión, torres de iluminación, rótulos luminosos, pantallas de publicidad, etc.
• Utilización de maquinaria eléctrica desprovista de protección.
• Incumplimiento o ausencia de los procedimientos de trabajo en la ejecución de los trabajos.
• Uso inadecuado de los equipos de trabajo y protección individual.
• Formación e información de los trabajadores insuficiente.
Explosiones en presencia de atmósferas explosivas debidas a: • Operaciones que impliquen la generación de chispas (soldadura, corte de materiales, etc.
), incumplimiento de los procedimientos de trabajo establecidos.
• Formación e información de los trabajadores insuficiente.
Riesgos ergonómicos debidos a: • Organización del trabajo inadecuada no previendo pausas y/o descansos que limiten el tiempo de suspensión.
• Asiento inadecuado o ausencia del mismo.
(Ver NTP 789: Ergonomía en trabajos verticales: el asiento) • Formación e información de los trabajadores insuficiente.
Estrés térmico debido a: • Trabajar a la intemperie en condiciones atmosféricas adversas o por una deficiente organización/programación del trabajo.
4.
MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y PROTECCIÓN Las medidas de prevención y protección se concretan en la descripción de los procedimientos de trabajo en los que se recogen la forma específica de realizar cada una de las actividades.
Estos procedimientos incluirán qué actividades se realizarán y cómo (método de ejecución), además de su organización, es decir, cuándo deben llevarse a cabo y quién ha de realizarlas.
Asimismo se desarrollan distintas medidas preventivas específicas frente a los riesgos descritos.
Las medidas de prevención y protección deben elegirse de forma que eliminen, o reduzcan al máximo posible, los riesgos descritos anteriormente.
Se deberán desarrollar procedimientos de trabajo para todas las actividades y/o tareas a llevar a cabo en la que se incluyan las medidas preventivas y de protección más idóneas para que dichos trabajos puedan 4 Notas Técnicas de Prevención Tabla 1.
Fases y aspectos de los procedimientos de trabajo.
FASE PREVIA Prevención Administración Medios técnicos y materiales • Vías de acceso y evacuación.
Servicios afectados y necesidad de sistemas de protección.
• Riesgos asociados a las tareas a realizar.
• Formación necesaria para las tareas a realizar.
• Identificar el lugar de la obra.
• Trabajos a realizar y plazos.
• Medios de coordinación.
• Alta de servicios.
• Medios materiales para realizar los trabajos.
• Previsión de medidas de prevención y correctoras a llevar a cabo en función de las tareas a realizar.
FASE INICIAL Prevención Administración Medios técnicos y materiales • Designar encargado, recurso preventivo y trabajadores.
• Evaluación de riesgos y planificación preventiva.
Información de los riesgos.
• Información de los procedimientos de trabajo elaborados para llevar a cabo dichas tareas.
• Estado de los accesos.
Vallado y señalización.
• Reuniones de coordinación.
• Solicitud de licencias y permisos.
• Planificación detallada de los trabajos.
• Identificar el promotor, dirección facultativa, etc.
• Comprobar la cualificación y formación del personal.
• Dotación de equipos, EPI y protecciones colectivas.
• Estado y documentación de las máquinas.
FASE EJECUCIÓN Prevención Administración Medios técnicos y materiales • Analizar la morfología y estructura del lugar de trabajo.
• Realización de las tareas según el procedimiento de trabajo establecido.
• Supervisión por parte del recurso preventivo de todas las medidas preventivas adoptadas.
• Instalación de sistemas sujeción o instalaciones de cabecera, protecciones colectivas, etc.
• Control del orden y limpieza, equipos de evacuación de residuos.
• Control de medidas de evacuación y rescate.
• Verificación de trabajos a realizar.
• Estado de suministros y servicios.
• Todos los trabajadores disponen de los equipos, especialmente, los de comunicación.
• Comprobar los equipos, equipos de trabajo vertical y de protección.
FASE FINALIZACIÓN Prevención Administración Medios técnicos y materiales • Retirada de protecciones, señalización y vallado.
• Inspección final de la obra y documentación final.
• Trabajos de orden y limpieza, retirada de materiales peligrosos.
• Recogida y almacenamiento de todos los equipos y EPI. llevarse a cabo siempre de forma segura para el trabajador.
En estos procedimientos de trabajo deberían distinguirse las distintas fases de ejecución de las tareas que van a llevarse a cabo junto con las medidas preventivas a aplicar, si procede.
En la tabla 1 se muestra un ejemplo de procedimiento de trabajo que consta de cuatro fases y, a su vez dentro de cada fase se han distinguido tres aspectos que corresponden a: prevención, administración y medios técnicos y materiales.
Para cada una de las fases y aspectos se establecen una serie de pautas y recomendaciones de ejecución.
Todo procedimiento de trabajo debe tener como base fundamental el plan de prevención de la empresa y, en obras de construcción, el Estudio o Estudio Básico de Seguridad y Salud y/o el Plan de Seguridad y Salud de la obra.
Medidas preventivas y de protección frente a caídas a distinto nivel A continuación se detallan los puntos más importantes a tener en cuenta para que no se materialice el riesgo de caídas a distinto nivel.
Cuerdas El empresario y los trabajadores velarán por el perfecto estado de conservación y uso de las cuerdas, consultando estos últimos cualquier duda sobre su correcta utilización.
Se solicitarán nuevas cuerdas en caso de deterioro o ante cualquier duda razonable sobre su correcto funcionamiento o grado de seguridad.
Las cuerdas deben revisarse diariamente, almacenarse correctamente dentro de un recipiente adecuado que se disponga para ello, o en un lugar seco al abrigo de luz directa del sol.
Las cuerdas deben disponer de una marca e identificación que permita conocer las fechas y personas que las hayan utilizado, con el fin de controlar su uso correcto y vida útil.
Las cuerdas deterioradas, rotas, rozadas, etc.
, o superada su vida útil deben ser desechadas, no pudiendo 5 Notas Técnicas de Prevención utilizarse en ningún caso para realizar trabajos verticales.
Es recomendable la utilización de cuerdas de colores distintos para diferenciar la cuerda de trabajo de la de seguridad, ya que la primera es la que sufre mayor desgaste por la fricción de los aparatos de progresión de cuerda para el descenso y ascenso por ella, mientras que la cuerda de seguridad no lo padece, con el consiguiente menor desgaste y mayor duración en cuanto a su uso y vida útil.
Ver figura 3.
Figura 3.
Distintos tipos de cuerdas y colores.
Cuando el trabajador haga uso de herramientas que generen llama o herramientas de corte, utilice elementos corrosivos o abrasivos, deberá proceder a proteger las cuerdas, principalmente la cuerda de seguridad, separándola lo más posible de los mismos.
En caso de que no pudiera procederse a una separación y/o protección adecuada de las cuerdas, el trabajador debe utilizar cables de acero (5 mm diámetro) o cadenas metálicas, en los últimos 2 metros por encima suyo.
Esta medida de protección se puede realizar mediante la colocación de un dispositivo de regulación de cuerda Tipo B en la cuerda de trabajo del cual se sujetará el cable o la cadena, estando el trabajador anclado de este elemento al final.
Instalación y mantenimiento del sistema de sujeción de las cuerdas El montaje de los sistemas de sujeción de las cuerdas debe cumplir con los requerimientos y exigencias de los fabricantes para aquellos dispositivos de anclaje a instalar o instalados.
Ambas cuerdas (trabajo y seguridad) deben tener una sujeción independiente y compatible.
En el caso de que estos se instalen sobre elementos estructurales, se deben realizar los cálculos de resistencia de los mismos por un técnico competente.
Es conveniente realizar pruebas de resistencia y proceder al registro y documentación de los resultados conforme se indica en la norma de referencia (UNE-EN 795).
Utilización de EPI adecuados para esta actividad Los trabajadores deben utilizar un arnés de seguridad adecuado, que disponga de un enganche anticaídas para conectarlo a la cuerda de seguridad y de un enganche ventral para conectarlo a la cuerda de trabajo.
Ver ejemplo en figura 4.
Puntos de enganche dorsal, anticaídas, marcado con una “A” (UNE-EN 361) Puntos de enganche pectoral, anticaídas, marcado con una “A” (UNE-EN 361) Punto de enganche ventral (UNE-EN 813) Puntos de enganche para sujección en el lugar de trabajo (UNE-EN 358) Enganches para sujetar las pequeñas herramientas y materiales a usar por el usuario Figura 4.
Modelo de arnés de seguridad para trabajos verticales.
Detalles de puntos de enganche.
Se deben utilizar los dispositivos de regulación de cuerda adecuados para cada cuerda.
La cuerda de trabajo debe estar equipada con un mecanismo seguro de ascenso y descenso, y disponer de un sistema de bloqueo automático con el fin de impedir la caída en caso de que el usuario pierda el control de su movimiento.
Ver figura 5.
La cuerda de seguridad debe estar equipada con un dispositivo de regulación de cuerda que siga los desplazamientos del trabajador.
Ver figura 6.
Figura 5.
Dispositivos de ascenso y de descenso de la cuerda de trabajo.
Figura 6.
Dispositivos de regulación de la cuerda de seguridad.
Longitud de las cuerdas y realización del nudo final de cuerda en cada una de ellas.
Las cuerdas, tanto la de trabajo como de seguridad, deben tener la medida o longitud necesaria, en función de la altura del edificio, nave, estructura, etc.
, es decir, que una vez ancladas a la instalación de cabecera, estas lleguen sobradamente al suelo.
Además las cuerdas deben tener en su parte final un nudo de final de cuerda, para evitar que los dispositivos de regulación se puedan salir de las mismas.
Es necesario además que para el correcto funcionamiento de los dispositivos de regulación de cuerda, sobre todo del dispositivo de la cuerda de seguridad, que las cuerdas se encuentren lastradas, es decir, que en su parte final, tengan un peso que las haga estar en tensión.
6 Notas Técnicas de Prevención Sistemas de protección colectiva e instalación de sistemas de protección individual contra caídas conforme la norma UNE-EN 363.
En función de las características de lugar o zona de trabajo en altura, y de acuerdo con la evaluación de riesgos puede ser necesarios instalar los sistemas de protección colectiva adecuados para evitar la caída a distinto nivel de los trabajadores verticales.
Igualmente deben instalarse los sistemas de protección individual contra caídas para los trabajadores que asisten a los trabajadores verticales, conforme dispone la UNE-EN 363 (retención, sujeción, etc.
), que eviten la caída de personas a distinto nivel, cuando no haya sistemas de protección colectiva, o estos resulten insuficientes para evitar la caída.
Medidas preventivas y de protección frente a la caída de objetos en su manipulación Todos los elementos, dispositivos, equipos, etc.
, deben estar correctamente instalados y sujetos para evitar que los mismos se puedan caer durante la realización de trabajos verticales, así como realizar las operaciones de ascenso y descenso con precaución de que ningún equipo del sistema caiga al vacío.
En concreto, con respecto a la carga: • Se encontrará perfectamente asegurada/sujeta mediante conectores u otros medios auxiliares a dispositivos que permitan un desplazamiento seguro por la cuerda auxiliar.
• La sujeción del sistema de suspensión de objetos o cargas será independiente del sistema de sujeción de las cuerdas (de seguridad y trabajo).
• Las de menores dimensiones podrán ser transportadas mediante cestas portaherramientas, cubos y/o cajas, sujetas al trabajador en los puntos de enganche adecuados, o bien a la silla o asiento de trabajo, mediante conectores u otro sistema seguro (peso < 10kg) (Ver figura 8).
• Si no es posible que la carga sea transportada por el trabajador que está desarrollando el trabajo vertical, será suministrada mediante otros medios y por terceras personas.
En este caso, si se utiliza una cuerda para el transporte de objetos pesados tendrá que estar también asegurada su sujeción (Ver figura 7).
• Para la instalación del sistema de suspensión de objetos o cargas se observarán las mismas medidas preventivas que para la instalación del sistema de sujeción de las cuerdas.
Figura 7.
Abastecimiento asistido con cuerda auxiliar.
Figura 8.
Cesta portaherramientas.
• Igualmente, se ejecutarán procedimientos e instalarán sistemas de protección que garanticen la seguridad de terceras personas en las tareas de abastecimiento.
• Instalación de protecciones como redes verticales (Ver figura 9), señalización de la zona de trabajo (Ver figura 10), y utilización de bastidores de recogida de materiales (Ver figura 11).
• Se tendrá especial precaución con no dejar una herramienta conectada suspendida del cable de suministro de energía.
Las conexiones se realizarán de tal forma que no sea posible una desconexión accidental.
• En caso de transporte de líquidos o sustancias corrosivas: – Los recipientes que contengan líquidos deben estar cerrados perfectamente y serán los adecuados para cada tipo.
– No se llenarán hasta el límite de su capacidad (recomendación no más de un tercio).
– Proteger las cuerdas frente a posibles contactos con sustancias corrosivas o abrasivas.
Figura 9.
Instalación de una red de protección.
Figura 10.
Ejemplo de señal de peligro de realización de trabajos verticales.
Figura 11.
Bastidor de recogida de materiales.
Medidas preventivas y de protección frente a cortes o heridas por uso de herramientas y maquinaria • Utilizar EPI de protección tales como guantes, pantallas de protección, cascos de seguridad, gafas de protección, calzado de seguridad, etc.
, adecuados conforme la normativa vigente de aplicación en cuanto a marcado, normas técnicas, etc.
• No deben manipularse, alterarse las máquinas o herramientas a utilizar, quitar los resguardos, las protecciones o sus sistemas de seguridad.
• Seleccionar la herramienta/máquina correcta para el trabajo a realizar, asignando la utilización de las mis7 Notas Técnicas de Prevención mas a aquellos trabajadores con la suficiente formación, capacitación y conocimiento de su manejo.
• Las herramientas no deben utilizarse para fines distintos de los previstos, ni sobrepasar las prestaciones para las que están diseñadas.
• Comprobar que los mangos no estén astillados o rajados y estén perfectamente acoplados y sólidamente fijados a la herramienta (martillos, destornilladores, sierras, limas, etc.
).
• Verificar que las mordazas, bocas y brazos de las herramientas de apriete, sujeción, etc.
, no presentan deformaciones o falta de algún componente (llaves, alicates, tenazas, destornilladores, etc.
).
• Comprobar que las herramientas de corte y de bordes filosos estén perfectamente afiladas (cuchillos, tijeras, cinceles, etc.
), y son almacenadas con sus protectores.
• Se debe evaluar el entorno y área de trabajo con el fin de utilizar la maquinaria o herramienta más adecuada al objeto de facilitar su manipulación y uso.
• Se debe mantener el orden y limpieza en el lugar de trabajo, y en particular mantener adecuadamente almacenadas las herramientas y maquinaria a utilizar, con el objeto de evitar su deterioro.
• Se debe realizar un control y revisiones periódicas sobre el estado de la maquinaria y herramientas, que permitan mantener un estado óptimo y adecuado de las mismas.
• Formar e informar a los trabajadores sobre el uso de las herramientas y maquinaria, siguiendo las instrucciones de cada fabricante.
Medidas preventivas y de protección frente a caídas al mismo nivel • La maquinaria y equipos de trabajo deben guardar una separación suficiente respecto a los elementos cercanos que permita una circulación segura a su alrededor.
• Los materiales, maquinaria y herramientas deben ser almacenados hasta su utilización en un lugar habilitado para ello y delimitado claramente.
• Evitar dejar herramientas, maquinaria o materiales en el suelo, por lugares donde puedan transitar personas.
• Señalizar y habilitar vías de circulación restringida para el acceso a lugares con riesgo de caída, así como en lugares de trabajo con suelo irregular o resbaladizo.
• Señalizar y delimitar las zonas donde se realicen las instalaciones de cabecera, así como las zonas por las cuales transcurran las líneas de trabajo (cuerda de trabajo) y línea de seguridad (cuerda de seguridad).
• Señalizar e informar de la restricción de acceso a la zona de trabajo o área de trabajo a todo persona ajena a la obra.
• La zona de trabajo se debe limpiar periódicamente de residuos, escombros, restos de materiales y líquidos, debiendo ser almacenados en los depósitos correspondientes hasta su retirada.
• Utilizar calzado de seguridad adecuado para el tipo de suelo o tipo de superficie.
• Los trabajadores deben recibir la formación e información necesaria para el mantenimiento de un adecuado orden, limpieza y adecuación de las zonas de trabajo.
Medidas preventivas y de protección frente a la proyección de partículas • No deben manipularse, ni alterarse los elementos de seguridad y resguardos de las máquinas o herramientas a utilizar.
• Utilizar los EPI adecuados contra el impacto de partículas, tales como gafas, guantes, casco, etc.
Ver figura 12.
• Realizar las labores de mantenimiento, revisión, almacenamiento y control de los equipos, herramientas y máquinas conforme indique el fabricante.
• Formar e informar a los trabajadores en el manejo de los equipos, herramientas, maquinaria, etc.
Figura 12.
Trabajadores protegidos del riesgo de proyección de partículas.
Medidas preventivas y de protección frente a quemaduras • Utilizar los EPI correspondientes a cada tipo de trabajo en proximidad de zonas calientes.
• Seguir las pautas establecidas en el procedimiento de trabajo para ese tipo de tareas.
Medidas preventivas y de protección frente a la inhalación de partículas • Realizar mediciones antes y durante los trabajos, teniendo en cuenta los valores límite, de la cantidad de partículas en suspensión en lugares de trabajo sin ventilación o poco ventilados.
• Planificar y en su caso instalar sistemas de ventilación, cabinas de descontaminación, así como utilizar contenedores adecuados para la retirada del material contaminante.
• Controlar la exposición temporal de los trabajadores al riesgo, la manipulación de los materiales, el estado de la maquinaria y herramienta a utilizar (con todos sus resguardos y un caso el funcionamiento de los sistemas de aspiración, que lleven incorporado o que pueda incorporárseles.
).
• Cuando así esté establecido, cumplir con los protocolos de seguridad específicos y obtener los permisos y autorizaciones necesarias.
• Prever e instalar en su caso, los sistemas de evacuación y emergencia, que deben estar diseñados en 8 Notas Técnicas de Prevención función de las características y morfología del lugar o zona de trabajo.
• Prever sistemas de comunicación con los trabajadores que realicen tareas dentro de ese lugar o zona de trabajo.
• Si se utilizan pequeños productos, tales como las resinas para anclajes químicos u otro tipo de adhesivos que generan reacciones químicas exotérmicas, en las que aparte de un desprendimiento de calor aparecen emanaciones gaseosas tóxicas por inhalación a corta distancia, especialmente cuando se trabaja por encima de 25 °C o en superficies recalentadas por el sol estival, se deben adoptar las precauciones necesarias para proteger las vías respiratorias, utilizando mascarillas o caretas de respiración con los filtros adecuados a la sustancia nociva, gas o vapor implicado, así como utilizar ropa de protección adecuada y/o en su caso la utilización de equipos de respiración autónoma.
• Comprobar que los gases, vapores, sustancias nocivas, no afectan por corrosión a las cuerdas o demás elementos o dispositivos del equipo del trabajador vertical, en cuyo caso deberán ser sustituidos por otros resistentes, o protegidos con ropa de protección adecuada para trabajar en esos ambientes.
• En situaciones de riesgo de inhalación por partículas suspendidas por presencia de materiales con amianto, a parte de estas medidas preventivas debe aplicarse lo establecido en la normativa específica de aplicación vigente.
Medidas preventivas y de protección frente a contactos eléctricos directos o indirectos • Con carácter previo se debe comprobar si existen líneas eléctricas aéreas en las proximidades de las zonas de trabajo previstas y planificar los trabajos en consecuencia.
• El procedimiento a seguir para realizar trabajos en proximidad de líneas eléctricas es: – Solicitar la desconexión de la línea mientras duren los trabajos, cuando la distancia durante los trabajos sea o pueda ser menor de 5 m.
• Para el caso líneas eléctricas aéreas, si la desconexión no es posible hay que adoptar las siguientes medidas: – Señalizar y delimitar la zona de influencia de la línea.
– Mantener una distancia de seguridad según lo establecido en el Real Decreto 614/2001.
• En el caso de utilización de maquinaria, se debe seleccionar la máquina eléctrica más adecuada para el trabajo a realizar, la cual debe estar en buen estado.
• No se deben manipular los componentes de la máquina, ni alterar las conexiones a los puntos de suministro eléctrico, resguardos, sistemas de parada y de emergencia, etc.
• Debe hacerse un uso correcto de las máquinas respetando las instrucciones del fabricante.
• Respetar las instrucciones y medidas de seguridad indicadas para las conexiones a cuadros eléctricos o puntos de suministro eléctrico.
• El mantenimiento general de las herramientas/máquinas manuales deberá ser realizado por trabajadores cualificados y siempre siguiendo las instrucciones del fabricante, evitando en todo caso efectuar reparaciones provisionales.
• Se deben utilizar los EPI, tales como guantes de aislamiento, casco de seguridad, etc.
, específicos frente al riesgo de contacto eléctrico.
Medidas preventivas y de protección frente al riesgo de explosión • En la realización de trabajos en espacios confinados, deben realizarse mediciones de gases o vapores, antes y durante la realización de los trabajos, teniendo en cuenta los valores límite, utilizando para ello los equipos y dispositivos de medición adecuados.
• Se debe planificar y en su caso instalar sistemas de ventilación si ello es posible, o realizar, si es factible, aberturas que permitan una adecuada ventilación de lugar de trabajo.
• Se debe controlar el estado de la maquinaria y herramienta a utilizar (con todos sus resguardos y en su caso, el funcionamiento de los sistemas de aspiración, que lleven incorporado o que pueda incorporárseles).
• Se deben utilizar herramientas o maquinaria, ropa de trabajo y otros equipos que no produzcan chispas susceptibles de ocasionar una explosión, en caso de existencia o posibilidad de formación de atmósferas explosivas.
• Deben, si así se ha establecido, cumplirse los protocolos de seguridad específicos y obtener los permisos y autorizaciones necesarias.
• Prever la instalación de sistemas de evacuación y emergencia, que deberán estar diseñados en función de las características y morfología del lugar o zona de trabajo.
• Debe preverse sistemas de comunicación con los trabajadores que realicen tareas dentro del lugar o zona de trabajo.
Otras medidas de protección colectiva, individual y frente a terceros Colectivas En los trabajos verticales, por la propia naturaleza de los mismos, los equipos y medios de protección que generalmente se utilizan son los equipos de protección individual; no obstante puede resultar necesario para la realización de las obras mediante estas técnicas, la utilización y montaje de equipos de protección colectiva y equipos de protección a terceros.
En la realización de trabajos verticales en altura, el riesgo de caídas a distinto nivel (ocasionado principalmente por la rotura de la cuerda de trabajo y ya analizados en apartados anteriores), puede tener lugar también por otras causas como, por ejemplo: la existencia en la zona de trabajo de huecos en el suelo, aberturas, falta de muro perimetral en la cubierta, falta de un acceso seguro a la misma, etc.
Un gran número de accidentes laborales por caídas a distinto nivel, cuando se aplican estas técnicas, se producen en la zona acceso de los trabajadores que van a realizar estas tareas (cubierta, plataforma, tejado, etc.
), al no adoptarse e instalarse las medidas preventivas necesarias, es decir, la instalación de sistemas de protección colectiva entre los que cabe destacar: Barandillas • Se instalarán, cuando sea posible, en lugares donde exista posibilidad de caídas a distinto nivel de personas u objetos.
• La altura de las barandillas debe ser de 90 cm como mínimo, tener una protección intermedia y un rodapié de una altura mínima de 15 cm.
9 Notas Técnicas de Prevención • Las barandillas deben ser rígidas, sólidas y resistentes, y cumplir con los requisitos de la norma UNE-EN-13374 correspondiente.
• La distancia entre soportes será como máximo de 2,5 m a no ser que el sistema esté homologado para mayores distancias.
• Prestar especial atención a la rigidez del conjunto.
Pasarelas • Tendrán una anchura mínima de 60 cm y estarán construidas con materiales uniformes.
• La resistencia de la pasarela será la adecuada para soportar el peso de los materiales y las personas que la utilicen, además de tener la superficie antideslizante.
• Si superan los dos metros de altura deben estar provistas de las correspondientes barandillas (con protección intermedia y rodapié).
• Si se utilizan para acceder o transitar por lugares inclinados deberán estar sujetas a algún punto de la estructura y dispondrán de sistema antideslizamiento.
• Las pasarelas estarán instaladas de forma solidaria a las estructuras portantes, de manera que no puedan bascular o deslizar.
Redes • Las redes tienen como objetivo detener, impedir o limitar la caída tanto de personas como de objetos, pero no evitan el riesgo de caída a distinto nivel.
• Las redes pueden instalarse no solo verticalmente, sino también horizontalmente por ejemplo: para evitar la caída por un hueco en el suelo.
Si por circunstancias diversas, (funcionalidad, imposibilidad técnica, duración limitada del trabajo, etc.
) no se instalaran equipos de protección colectiva, se procederá a la instalación de líneas de vida que podrán ser: • Horizontales: instaladas conforme la norma UNE-EN 795 para un usuario y además conforme a la especificación técnica PNE-CEN/TS 16415 cuando vayan a ser utilizadas para más de un usuario.
Estas líneas de vida permiten la correcta sujeción de seguridad de los operarios que además, deben utilizar los correspondientes EPI anticaídas.
• Verticales, instaladas según las normas UNE-EN 353-1 y UNE-EN 353-2.
Pueden ser de cable o cuerda y deben ser utilizadas con el dispositivo anticaídas con el que han sido certificadas.
Las líneas de vida pueden ser temporales o fijas y deben ser instaladas por personal con acreditada experiencia y formación.
En los lugares donde esté instalada una línea de vida, deberá estar presente la documentación relativa a los datos de la instalación, en concreto los suministrados por el fabricante, así como los del instalador, entre las cuales debe detallarse la información sobre el uso, fecha de montaje, fecha de revisión, resistencias, tipos de soporte sobre el que se ha instalado, los carros o dispositivos anticaídas que deben utilizarse, el cartel identificativo, la señalización correspondiente, etc.
Protecciones frente a terceros Durante la realización de trabajos verticales es posible provocar daños a terceros, objetos o bienes, si no se toman las medidas oportunas.
Puede resultar necesario para la realización de las obras mediante estas técnicas, la utilización y montaje de equipos de protección frentes a terceros, por ejemplo para evitar caída de materiales a viandantes.
Los equipos de protección frente a terceros que comúnmente se utilizan son los siguientes: • Redes de fachada.
• Marquesina de paso o estructura de andamio.
• Señalización y balizamiento.
• Vallado.
• Utilización de bastidores recoge escombros.
5.
MANTENIMIENTO Y REVISIONES Los componentes, dispositivos y elementos que componen el sistema de acceso mediante cuerdas deben estar sometidos a un programa de mantenimiento y de revisiones periódicas.
Todas las empresas de trabajos verticales desde el momento de la adquisición de cualquiera de los elementos o dispositivos necesarios para desarrollar su actividad, deben establecer e implementar un procedimiento mediante el cual, controle y haga un seguimiento de los mismos, sirviéndose para ello de los métodos de trazabilidad, codificación, identificación que considere más convenientes.
Con ello, se facilita por ejemplo: • Conocer el periodo o tiempo de uso de los mismos y el periodo de vida útil que le resta.
• Conocer al responsable de su uso, mantenimiento y revisión.
• Conocer si ha sido retirado o desechado para el uso, y las circunstancias o causas que lo han provocado.
• Conocer el stock de equipos, elementos y dispositivo disponibles.
Además, deben ser sometidos un proceso continuo de mantenimiento, que permita mantener su funcionamiento en condiciones óptimas.
Este programa de mantenimiento debe seguir en todo momento las especificaciones que el fabricante del mismo indique en su manual de instrucciones.
Deben establecerse pautas de mantenimiento, tales como: • Evitar en la medida de los posible que se manchen con pintura, morteros, resinas, etc.
, protegiéndolos.
• Limpiarlos diariamente, si ello es factible, o realizar una limpieza con mayor profundidad si ésta muy sucio el equipo, elemento o dispositivo.
• Almacenarlos en un lugar ventilado, seco (sin humedad) y al abrigo de los rayos del sol.
• No dejarlos en el suelo, pisarlos o almacenar cosas, productos, etc.
, sobre ellos.
• Realizar un transporte adecuado de los mismos, bien dentro del petate de cada trabajador vertical, o en cajas u otro tipo de sistema que eviten que se caigan, estén expuestos a sustancias corrosivas, abrasivas, etc.
Debe establecerse un proceso de revisión periódica de los equipos, elementos o dispositivos que componen el sistema de acceso mediante cuerdas que entregan a sus trabajadores.
Algunos fabricantes han diseñado y facilitan a los usuarios de sus productos, diferentes modelos de fichas de revisión, en la mayoría de los casos específicas para un dispositivo, equipo o elemento.
El uso de estas fichas facilita el proceso de revisión, de acuerdo con la norma UNE-EN 365, donde se recoge la necesidad de realizar revisiones o inspecciones periódicas de estos.
Esta norma indica que las revisiones las debe realizar personal competente para ello o facultado, habilitado o autorizado por el fabricante.
10 Notas Técnicas de Prevención 6.
FORMACIÓN Los trabajadores verticales deberán recibir y tener la correspondiente formación en materia de prevención de riesgos laborales de acuerdo con lo que exige la Ley 31/1995, en su artículo 19.
Igualmente el trabajador debe tener la formación específica en las técnicas de trabajos verticales de conformidad con lo dispuesto en el RD. 1215/1997, Anexo II 4.
4.
1 f), así como estar informado de los riesgos y las medidas preventivas inherentes a los trabajos que realizan, entre los que cabe destacar los necesarios para evitar este riesgo de caídas a distinto nivel.
BLIBLIOGRAFÍA Legal Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras.
Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual.
Real Decreto 1801/2003, de 26 de diciembre, sobre seguridad general de los productos.
Resolución de 21 de septiembre de 2017, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo general del sector de la construcción.
Técnica Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de equipos de trabajo.
Edición 2011.
INSHT. Guía técnica para la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
Edición 2012.
INSHT NTP 682.
Seguridad en trabajos verticales (I): equipos.
INSHT. 2005.
NTP 683.
Seguridad en trabajos verticales (II): técnicas de instalación.
INSHT. 2005.
NTP 684.
Seguridad en trabajos verticales (III): técnicas operativas.
INSHT. 2005.
NTP 774.
Sistemas anticaídas.
Componentes y elementos.
INSHT. 2007.
NTP 789.
Ergonomía en trabajos verticales: el asiento.
INSHT. 2008.
NTP 809.
Descripción y elección de dispositivos de anclaje.
INSHT. 2008.
NTP 843.
Dispositivos de anclaje de clase C. INSHT. 2009.
NTP 893.
Anclajes estructurales.
INSHT. 2011.
UNE-EN-353-1:2014.
Equipos de protección individual contra caídas de altura.
Parte 1: Dispositivos anticaídas deslizantes sobre línea de anclaje rígida.
AENOR. UNE-EN-353-2:2002.
Equipos de protección individual contra caídas de altura.
Parte 2: Dispositivos anticaídas deslizantes sobre línea de anclaje flexible.
AENOR. UNE-EN 354:2011.
Equipos de protección individual contra caídas.
Equipos de amarre.
AENOR. UNE-EN 355:2002.
Equipos de protección individual contra caídas de altura.
Absorbedores de energía.
AENOR. UNE-EN 358:2000.
Equipo de protección individual para sujeción en posición de trabajo y prevención de caídas de altura.
Cinturones para sujeción y retención y componente de amarre de sujeción.
AENOR. UNE-EN 360:2002.
Equipos de protección individual contra caídas de altura.
Dispositivos anticaídas retráctiles.
AENOR. UNE-EN 361:2002.
Equipos de protección individual contra caídas de altura.
Arneses anticaídas.
AENOR. UNE-EN 362:2005.
Equipos de protección individual contra caídas de altura.
Conectores.
AENOR. UNE-EN 363:2009.
Equipos de protección individual contra caídas.
Sistemas de protección individual contra caídas.
AENOR. UNE-EN 364/AC:1994.
Equipos de protección individual contra caídas de altura.
Métodos de ensayo.
AENOR. UNE-EN 365:2005 +ERRATUM:2006.
Equipos de protección individual contra las caídas de altura.
Requisitos generales para las instrucciones de uso, mantenimiento, revisión periódica, reparación, marcado y embalaje.
AENOR. UNE-EN 397:2012+A1:2012.
Cascos de protección para la industria.
AENOR. UNE-EN 795:2012.
Equipos de protección individual contra las caídas de altura.
Dispositivos de anclaje.
AENOR. UNE-EN 813:2009.
Equipos de protección individual contra caídas.
Arneses de asiento.
AENOR. UNE-EN 1891:1999+ERRATUM:2000.
Equipos de protección individual para la prevención de caídas desde una altura.
Cuerdas trenzadas con funda, semiestáticas.
AENOR. UNE-EN 12841:2007.
Equipo de protección individual contra caídas.
Sistemas de acceso mediante cuerda.
Dispositivos de regulación de cuerda.
AENOR. UNE-EN 13374:2013.
Sistemas provisionales de protección de borde.
Especificaciones de producto.
Métodos de ensayo.
AENOR. PN-CEN/TS 16415.
Equipos de protección individual contra caídas.
Dispositivos de anclaje.
Recomendaciones relativas a los dispositivos de anclaje para ser utilizados por varias personas al mismo tiempo.
Manual de Formación en Técnicas de Trabajos Verticales.
ANETVA. Guía de Seguridad y Salud en Trabajos Verticales.
ANETVA y ASEPEYO. Reservados todos los derechos.
Se autoriza su reproducción sin ánimo de lucro citando la fuente: INSSBT, nº NTP, año y título.
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