NTP 1171: Ropa de protección: requisitos generales
Notas Técnicas de Prevención AÑO 2022 1.
171 Ropa de protección: requisitos generales Protective Clothing: General requirements Vêtements de protection: Exigences générales Autor: Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), O.A., M.P. Elaborado por: Eva Mª Hoyas Pablos CENTRO NACIONAL DE MEDIOS DE PROTECCIÓN. INSST Esta NTP es una actualización de la NTP 769 relativa a requisitos generales de ropa de protección.
Los cambios están motivados principalmente por la nueva reglamentación y publicación de una nueva norma técnica Las NTP son guías de buenas prácticas.
Sus indicaciones no son obligatorias salvo que estén recogidas en una disposición normativa vigente.
Fecha de publicación: 05/04/2022
NIPO: 118-20-027-6
Autor: Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), O.A., M.P.
Contiene: 6 páginas
Ultima actualización: 24/09/2024
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Notas Técnicas de Prevención AÑO 2022 1.
171 Ropa de protección: requisitos generales Protective Clothing: General requirements Vêtements de protection: Exigences générales Autor: Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), O.A., M.P. Elaborado por: Eva Mª Hoyas Pablos CENTRO NACIONAL DE MEDIOS DE PROTECCIÓN. INSST Esta NTP es una actualización de la NTP 769 relativa a requisitos generales de ropa de protección.
Los cambios están motivados principalmente por la nueva reglamentación y publicación de una nueva norma técnica Las NTP son guías de buenas prácticas.
Sus indicaciones no son obligatorias salvo que estén recogidas en una disposición normativa vigente.
A efectos de valorar la pertinencia de las recomendaciones contenidas en una NTP concreta es conveniente tener en cuenta su fecha de edición.
1.
INTRODUCCIÓN La Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995) establece el derecho a la protección eficaz de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo, así como la obligación de seguir unos principios de acción a la hora de aplicar las medidas que integran el deber general de prevención establecido por la Ley.
Cuando la evaluación de los riesgos del puesto de trabajo, conforme indica la Ley 31/1995, muestra que el trabajador está expuesto a un riesgo que puede resultar en algún tipo de lesión o efecto sobre su salud, y dicho riesgo no puede ser eliminado mediante controles técnicos, organizativos o medidas de protección colectiva, el empresario deberá asegurar que los trabajadores lleven la adecuada protección individual.
Entre los posibles daños asociados a esos riesgos, se encuentran los que tienen lugar como consecuencia del contacto o la absorción dérmica de sustancias peligrosas, las quemaduras, abrasiones, cortes o pinchazos o los debidos a la exposición a agentes biológicos.
La protección del cuerpo (tronco, brazos y piernas) suele realizarse mediante pantalones, camisas, chaquetas o cazadoras, trajes completos (con o sin capucha), mandiles, polainas o cualquier prenda que cubra el cuerpo o parte del mismo con el propósito de proporcionar protección frente a un riesgo específico.
En general, a estas prendas se las denomina ropa de protección.
La ropa de trabajo corriente y los uniformes que no estén específicamente destinados a proteger la salud o la integridad física del trabajador, tal como indica el artículo 2 del Real Decreto 773/1997, sobre utilización de equipos de protección individual (en adelante, EPI), no se consideran ropa de protección, sino únicamente un medio de identificar al trabajador o de resguardar su ropa personal y están expresamente excluidos de la definición de equipo de protección individual.
Por ese mismo motivo no son objeto de certificación de acuerdo al Reglamento (UE) 2016/425, relativo a los EPI. La ropa de protección, como EPI que es, debe seleccionarse basándose en la evaluación de riesgos, lo que implica la identificación de los peligros y la determinación del riesgo por exposición a esos peligros.
En base a dicha evaluación se determinarán las propiedades relevantes y los niveles de prestación requeridos.
Existen muchos tipos de ropa de protección disponibles para proteger frente a una gran variedad de riesgos.
Es de vital importancia que el trabajador use la prenda específicamente diseñada para los riesgos correspondientes a su puesto de trabajo, ya que una prenda diseñada para una función concreta puede no ser adecuada y, por tanto, no proteger, en otra situación parecida aunque no idéntica.
Además, dicha ropa de protección, de acuerdo al Real Decreto 773/1997, deberá estar certificada según lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/425.
El Reglamento (UE) 2016/425 establece que los EPI pueden clasificarse en tres categorías, I, II y III, en función del riesgo frente al que protejan.
La ropa de protección se puede encontrar en estas tres categorías.
Categoría I Ropa de uso profesional contra los efectos atmosféricos que no sean de naturaleza extrema.
Delantales de protección térmica para temperaturas inferiores a los 50 ºC. Categoría II Ropa de protección electrostáticamente disipativa.
Ropa de protección contra el frío.
Ropa de protección de señalización de alta visibilidad.
Categoría III Ropa de protección química.
Ropa de protección frente a motosierras.
Ropa de protección frente al frío para temperaturas cuyos efectos sean comparables a los de una temperatura del aire de –50ºC. Ropa de bomberos.
Tabla 1.
Ejemplos de ropa de protección según su categoría.
2 Notas Técnicas de Prevención Una de las formas de cumplir con los requisitos técnicos establecidos en el Reglamento (UE) 2016/425 (las exigencias esenciales de salud y seguridad) es seguir, durante el diseño y la fabricación de los equipos, normas técnicas europeas armonizadas.
En estos casos, durante el proceso de certificación se procede al ensayo y la verificación de las características del EPI en cuestión conforme a las normas EN armonizadas aplicables.
En el caso de los procedimientos de certificación de la ropa de protección, se aplica la norma UNE-EN ISO 13688.
Ropa de protección.
Requisitos generales.
La presente NTP recoge los requisitos de la UNE-EN ISO 13688, que actualiza y sustituye a la anterior norma (UNE-EN 340), así como los requisitos técnicos del Reglamento (UE) 2016/425 aplicables a la ropa de protección.
2.
MATERIALES Y PROTECCIÓN La ropa de protección puede fabricarse con una amplia variedad de materiales que, en función de sus características, proporcionarán un tipo u otro de protección.
Entre los distintos materiales disponibles se encuentran, por ejemplo: a.
Textiles simples o recubiertos.
b.
Textiles no tejidos.
c.
Entramados metálicos (aramidas, aluminizados…).
d.
Composiciones multicapas.
e.
Elastómeros y plásticos.
No obstante, la tecnología textil actual permite tal cantidad de posibilidades que continuamente aparecen nuevas composiciones, lo cual dificulta asociar, de manera general, material con protección.
Teniendo en cuenta la exigencia de que los EPI deben proteger al usuario sin suponer un peligro añadido para su seguridad y su salud, los materiales, textiles, cueros, gomas, plásticos, etc.
, con los que se fabrique la ropa deben ser químicamente apropiados, no debiendo liberar sustancias tóxicas, cancerígenas, mutagénicas, alergénicas, tóxicas para la reproducción o dañinas de cualquier forma.
Una prenda certificada ofrece la garantía de cumplir con este requisito y, en el caso de que el material tuviera algún componente susceptible de causar alergia, estaría indicado claramente en el folleto informativo.
La mayoría de las normas europeas relativas a ropa de protección indican que debe estar marcada con un pictograma en forma de escudo en cuyo interior se encuentre el símbolo correspondiente al tipo de riesgo frente al cual protege.
El símbolo de protección (pictograma) aparece junto con la referencia a un número de norma y puede ir acompañado de números o letras que representan los niveles de prestación obtenidos u otro tipo de información, de acuerdo a la norma específica.
Además, pueden aparecer pictogramas en forma de cuadrado indicando la aplicación prevista, representada por la figura de su interior.
El nivel de prestación se define como el número que designa una categoría particular o un rango mediante el cual pueden graduarse los resultados de un ensayo.
Un nivel alto, generalmente, se corresponde con una mayor protección.
Es recomendable verificar que las prestaciones de la ropa de protección son adecuadas para el uso que se le dará, ya que las condiciones reales de trabajo pueden ser diferentes de las de ensayo.
El rango de los niveles de prestación va de 1 a 4, 5 o 6.
En caso de que aparezca en el marcado de la prenda el nivel 0 significa que el resultado está por debajo del valor mínimo establecido para el riesgo dado, mientras que 4, 5 o 6 representa el mayor valor posible y, por tanto, el más efectivo frente al riesgo en cuestión.
Una “X” representando el resultado de un ensayo indica que dicha ropa no ha sido sometida al ensayo o que el método no es adecuado para el diseño o material de la misma y, por tanto, no se debe usar como protección frente a dicho riesgo.
Estos niveles permiten comparar productos diseñados para ofrecer un mismo tipo de protección y tener idea del grado de resistencia o del comportamiento del material frente a un tipo de agresión.
Como se indicó en la introducción, en los procedimientos de certificación de la ropa de protección suele aplicarse la norma UNE-EN ISO 13688.
Ropa de protección.
Requisitos generales.
Los requisitos establecidos en ella definen las características de carácter general que debe tener toda la ropa de protección, independientemente del riesgo específico frente al que proteja.
Esta norma, no obstante, nunca debe usarse sola sino en combinación con alguna otra norma específica.
Toda la ropa de protección cumplirá, por tanto, con lo que establece la norma UNE-EN ISO 13688 además de con lo que se indique en su norma específica.
En la Tabla 2 se recoge un listado no exhaustivo de tipos de ropa de protección con la norma técnica de referencia y, en su caso, el pictograma asociado.
Tipo de ropa de protección Norma y pictograma Contra la lluvia UNE-EN 343 Contra el frío UNE-EN 342 UNE-EN 14058 Contra el calor y la UNE-EN ISO 11612 llama Sin UNE-EN ISO 14116 pictograma asociado Bomberos UNE-EN 469 (lucha contraincendios) UNE-EN 1486 (ropas reflectantes) UNE-EN 15614 (ropa forestal) Sin UNE-EN 16689 pictograma (rescates técnicos) asociado Soldeo y procesos UNE-EN ISO 11611 afines 3 Notas Técnicas de Prevención Contra productos UNE-EN 943-1 químicos (Tipo 1 y Tipo 2) UNE-EN 943-2 (Tipo 1 [ET]) UNE-EN 14605 (Tipo 3/PB[3] y Tipo 4/PB[4] UNE-EN ISO 13982-1 (Tipo 5) UNE-EN 13034 (Tipo 6) Operadores que aplican líquidos pesticidas y trabajadores expuestos UNE-EN ISO 27065 Contra agentes biológicos UNE-EN 14126 Contra contaminación radiactiva UNE-EN 1073-1 (Ropa ventilada) UNE-EN 1073-2 (Ropa no ventilada) Contra sierras de cadena accionadas a mano UNE-EN ISO 11393-2 (Protectores de las piernas) UNE-EN ISO 11393-5 (Polainas) UNE-EN ISO 11393-6 (Chaquetas) Contra cortes y pinchazos por cuchillos manuales UNE-EN ISO 13998 Electrostáticamente disipativa UNE-EN 1149-5 Aislante UNE-EN 50286 Conductora UNE-EN 60895 Contra atrapamiento UNE-EN 510 Alta visibilidad UNE-EN ISO 20471 Operaciones de proyección de abrasivos granulares UNE-EN ISO 14877 Rodilleras para trabajo en posición arrodillada UNE-EN 14404 (pictograma solo si ofrece protección mecánica) Tabla 2.
Ropa de protección: tipos, normas y pictogramas asociados.
3.
DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN La ropa debe diseñarse de tal manera que sea fácil de colocar correctamente y que permanezca así en las condiciones previstas de uso, teniendo en cuenta los movimientos y posturas que el usuario puede adoptar durante la realización del trabajo.
Esta afirmación genérica implica que el usuario debe conocer, comprender y seguir las instrucciones de uso establecidas por el fabricante de la prenda en cuestión.
Solo de esta manera se puede garantizar la protección declarada.
Para ello el fabricante deberá comercializar la ropa con unas instrucciones claras, concisas y comprensibles.
Los diseños que se pueden encontrar en la ropa de protección son muy numerosos y vendrán influenciados por los materiales utilizados en su fabricación así como por el tipo de aplicación para la que está pensada.
En general, la ropa debe tener un diseño tal que se pueda garantizar que ninguna parte del cuerpo expuesta al riesgo queda al descubierto como consecuencia de los movimientos que pueda realizar el usuario en el desarrollo de su tarea como, por ejemplo, que la parte inferior de la espalda quede al descubierto como consecuencia de la flexión del tronco.
Habrá situaciones en las que la ropa deba ser utilizada junto con otros equipos de protección y, en estos casos, el solapamiento entre, por ejemplo, mangas y guantes, perneras y zapatos o capuces y equipos respiratorios, debe ser tal que garantice un nivel de protección global adecuado.
Otro de los requisitos de diseño y construcción de la norma UNE-EN ISO 13688 es la obligación de que en cada norma específica se establezcan unos requisitos mínimos de resistencia mecánica de los materiales con los que se ha fabricado la prenda.
Además, en el diseño y confección de la ropa ha de tenerse en cuenta que debe ser cómoda para el usuario.
Evidentemente el nivel de comodidad dependerá del peligro o agente frente el que protege, de las condiciones ambientales en las que se use la prenda, del nivel de actividad de usuario y del tiempo de uso previsto.
En general la ropa no debe tener superficies o bordes ásperos, afilados o duros que puedan irritar o dañar al usuario, ser tan estrecha que restrinja el flujo sanguíneo ni estar tan suelta o ser tan pesada que interfiera con los movimientos.
Siempre que sea posible, la ropa de protección debe fabricarse con materiales que tengan baja resistencia al vapor de agua, alta permeabilidad al aire o bien estar suficientemente ventilada para minimizar la falta de confort térmico.
Sin embargo, hay situaciones en las que la necesidad de proporcionar una protección determinada impone una carga ergonómica significativa.
En estos casos, la información que acompaña a la ropa debe contener las correspondientes advertencias así como una limitación del tiempo de uso.
En las correspondientes normas sobre ropa de protección específica se indican requisitos de diseño adicionales, necesarios a fin de asegurar la adecuada protección en las condiciones de uso previstas.
4.
FOLLETO INFORMATIVO La información que se indica a continuación deberá acompañar a cada prenda de protección que se comercialice, cumpliendo con la norma UNE-EN ISO 13688, y deberá estar disponible por parte del fabricante o repre4 Notas Técnicas de Prevención sentante legal para facilitarla cuando así se solicite.
Debe presentarse de forma clara, fácil de comprender y, al menos, en la lengua oficial del país de venta.
A continuación se describen los principales datos que deben constar en el folleto, con una sucinta explicación del contenido de cada uno de ellos.
Nombre (u otro medio de identificación) y dirección completa del fabricante o de su representante autorizado Estos datos, además de obligatorios, resultan muy útiles cuando hay que solicitar alguna información adicional.
Puede darse, adicionalmente, una dirección de correo electrónico o dirección de página web.
Designación del tipo de ropa, nombre comercial o código Permite identificar el producto en el catálogo del fabricante.
Referencia de la norma Debe indicarse el número de la norma específica de producto y el año de publicación.
Pictogramas y niveles de prestación, con una explicación básica Los números correspondientes a los niveles de prestación, letras o cualquier otro tipo de información que acompañe al pictograma deben aparecer en el orden indicado en la norma específica de producto aplicada.
También se dará información sobre los niveles que se han alcanzado para las distintas propiedades, así como el rango posible.
Ejemplo: Traje completo para trabajadores expuestos al calor UNE EN ISO 11612 A1+A2 B2 C1 DX EX FX A: Propagación limitada de la llama.
Existen dos procedimientos de ensayo: el A, que se marca con el código A1, y el B, que es opcional y se marca con el código A2.
En ambos casos se ensayan las propiedades de propagación de la llama, desprendimiento de restos inflamados, formación de agujeros y tiempos de incandescencia y postcombustión.
B: Calor convectivo.
Asociado al tiempo medio necesario para que se produzca un aumento de temperatura de 24 ºC al exponer el material a una fuente de calor convectivo.
Hay 3 niveles posibles y el B2 corresponde a un índice de transferencia del calor de entre 10 y 20 segundos.
C: Calor radiante.
Asociado al tiempo medio necesario para que se produzca un aumento de temperatura de 24 ºC al exponer el material a una fuente de calor radiante.
Hay 4 niveles posibles y el C1 corresponde a un índice de transferencia de entre 7 y 20 segundos.
D: Salpicadura de aluminio fundido.
Hay 3 niveles posibles.
E: Salpicadura de hierro fundido.
Hay 3 niveles posibles.
F: Calor por contacto.
Asociado al tiempo medio necesario para que se produzca un aumento de temperatura de 10ºC al poner el material en contacto con una fuente de calor.
Hay 3 niveles posibles.
El traje completo del ejemplo no ha sido ensayado frente a las salpicaduras de metal fundido ni al contacto con una fuente de calor y, por tanto, no debería escogerse si alguno de estos riesgos existiera en el puesto de trabajo.
Constituyentes principales de todas las capas de la ropa de protección Breve descripción de los materiales y disposición de los mismos.
Instrucciones de uso según la norma específica Estas instrucciones deben incluir la siguiente información: • Comprobaciones a realizar por el usuario antes del uso: por ejemplo, comprobar el solapamiento entre pantalón y chaquetón.
• Ajuste (cómo ponerse y quitarse la prenda): por ejemplo, indicación acerca de la necesidad de cerrar el chaleco de alta visibilidad para que cumpla su función, necesidad de una segunda persona que ayude a la colocación de la prenda en el caso de la ropa de protección frente a gases, etc.
• Instrucciones relativas al uso adecuado del equipo para minimizar la probabilidad de sufrir daños: por ejemplo, no usar una prenda en las proximidades de maquinaria en movimiento.
• Limitaciones de uso: por ejemplo, en el caso de ropa de protección química advertencia de no usar con productos químicos distintos de los indicados.
• Instrucciones de almacenamiento y de mantenimiento, con indicación de los periodos máximos entre verificaciones: por ejemplo, almacenar las prendas de alta visibilidad alejadas de la luz solar, ya que deteriora la fluorescencia de los materiales.
• Instrucciones completas para la limpieza y descontaminación: por ejemplo, temperatura de limpieza, procedimiento de secado, número máximo de ciclos de limpieza, productos de limpieza.
Además se deberá incluir la información recogida en el marcado sobre el mantenimiento del equipo.
Estas instrucciones deben ser estrictamente seguidas por el usuario.
En algunas ocasiones es necesario realizar un tratamiento superficial de la prenda tras el lavado y, si es el caso, debe quedar claramente indicado.
• Advertencias sobre problemas que se pueden encontrar o cualquier uso indebido que resulte peligroso: por ejemplo, Material inflamable.
Manténgase alejado del fuego.
• Detalles sobre los elementos adicionales a la ropa de protección que tienen que utilizarse para conseguir la protección prevista: por ejemplo, calzado electrostáticamente disipativo con la ropa electrostáticamente disipativa.
• Detalles sobre cualquier carga ergonómica o consecuencia del uso del producto, tales como reducción del campo de visión, agudeza auditiva o riesgo de estrés térmico; por ejemplo, en el caso de la ropa 5 Notas Técnicas de Prevención reflectante de bomberos se indica el tiempo máximo de uso debido al riesgo de estrés térmico.
• Instrucciones sobre cómo reconocer el envejecimiento y la pérdida de prestaciones del producto: por ejemplo, una prenda con agujeros, incluso pequeños, debe ser eliminada.
• Si es necesario, gráficos, ilustraciones, números de referencia, etc.
• Formación y entrenamiento si se requiere, incluido el nivel de experiencia necesario para el uso seguro de la ropa de protección.
• Instrucciones relativas a la reparación, cumpliendo la premisa de que las reparaciones no deben afectar el rendimiento de la ropa.
Las instrucciones deben aconsejar, por ejemplo, la reparación por parte de empresas debidamente cualificadas o una advertencia de que el usuario no debe hacerlo por sí mismo.
Por ejemplo, indicar que no debe repararse una prenda de protección térmica con hilo no ignífugo.
Advertencia en caso de ropa de protección de un solo uso, del mismo modo que debe incluirse en el marcado.
Accesorios y repuestos, si es pertinente.
Tipo de embalaje adecuado para el transporte, si es pertinente.
Instrucciones para el reciclado, destrucción y eliminación, por ejemplo, reducción mecánica o incineración.
5.
MARCADO El texto incluido en el marcado, como por ejemplo las advertencias, debe aparecer en la lengua oficial del país donde vaya a comercializarse la prenda.
El marcado puede ir sobre la propia ropa o en una etiqueta cosida o adherida a ella.
Debe ser visible, legible y duradero teniendo en cuenta el número previsto de procesos de limpieza.
Tanto el marcado como el pictograma deben ser lo suficientemente grandes como para proporcionar una comprensión inmediata y permitir el uso de números fácilmente legibles.
De hecho, se recomienda utilizar números y pictogramas de altura no inferior a 2 y 10 mm (incluyendo el marco), respectivamente, en color negro sobre fondo blanco.
Las advertencias relativas a riesgos mortales deben ir en el exterior del producto.
Cada prenda de la ropa de protección debe ir marcada con la información y contenido mínimo que se indica a continuación, independientemente del marcado específico asociado a la protección que proporciona: • Nombre, marca o cualquier otra forma de identificar al fabricante o a su representante autorizado.
• Designación del tipo de producto, nombre comercial o código.
• Designación de la talla.
Existe un sistema establecido para asignar la talla a las prendas de protección independientemente del nombre, número o código que el fabricante utilice.
Este sistema consiste en asignar 2 dimensiones de control que permiten definir el cuerpo humano al que la prenda se adapta, siempre dentro de unos intervalos.
Las dimensiones de control dependen del tipo de prenda y, en cualquier caso, el fabricante puede dar información de otras dimensiones adicionales si lo estima conveniente.
También es posible encontrar excepciones que eximen a determinadas prendas de cumplir con este sistema de tallaje; en estos casos vendrá indicado en la norma específica.
En la Tabla 3 se indican las dimensiones de control para distintos tipos de prendas.
Ropa de protección Dimensiones de control Chaqueta, chaquetón, chaleco Contorno de pecho o de busto y altura.
Pantalones Contorno de cintura o cadera y altura.
Traje completo (mono) Contorno de pecho o de busto y altura.
Mandil Contorno de pecho o de busto, contorno de cintura y altura.
Equipo protector (rodilleras, espalderas, etc.
) Seleccionar la medida relevante: Contorno de pecho o de busto, contorno de cintura y altura.
Contorno de rodilla.
Peso Distancia cintura-cintura sobre los hombros Tabla 3.
Dimensiones de control para distintos tipos de prendas.
La ropa deberá llevar marcados los intervalos correspondientes a las dimensiones de control en centímetros, tal y como se indica en pictograma de la figura 1.
92 96 164 170 Figura 1.
A la hora de elegir la prenda hay que tener en cuenta que con este sistema se puede encontrar, por ejemplo, que dos prendas marcadas con la talla S se ajustan a personas de distinto tamaño.
Por tanto, lo importante será comprobar que las dimensiones indicadas en el pictograma de talla coinciden con las del trabajador al que se va a asignar la prenda, considerando también el tipo de ropa que el trabajador llevará puesta bajo la ropa de protección.
• Número de la norma específica: No es necesario marcar con la UNE-EN ISO 13688 cuando hay más 6 Notas Técnicas de Prevención normas aplicables, ya que las normas específicas incluyen el cumplimiento de esta norma de requisitos y no se puede usar solamente la norma específica para la certificación.
• Pictograma específico del riesgo con referencia a la norma y niveles de prestación (según los riesgos frente a los que proteja), solo si lo requiere la norma específica.
El pictograma se debe utilizar para indicar el tipo de riesgo o de aplicación de acuerdo con lo indicado en los requisitos para el marcado en la norma específica.
Para los requisitos de clasificación, el número que indica el nivel de prestación se debe situar al lado o debajo del pictograma.
Estos números deben estar siempre en el mismo orden que indique la norma específica.
Si estos números deben situarse al lado del pictograma, empezarán por la derecha del pictograma y continuarán en sentido horario.
• Pictograma de información, en caso de que se indique la necesidad de leer la información dada por el fabricante en el folleto informativo.
• Marcado de cuidados El etiquetado e indicaciones para el cuidado se deben dar de acuerdo con las normas ISO 3758 e ISO 30023, si procede.
Si hay requisitos específicos para marcar el número máximo recomendado de ciclos de limpieza (por ejemplo, es el caso de la ropa de señalización de alta visibilidad), entonces el número máximo de ciclos se indicará después de “máx.
” junto al etiquetado.
EJEMPLO: máximo 25 x Si la ropa de protección se puede lavar industrialmente se indicará en el etiquetado de cuidados.
Ejemplo de símbolos de limpieza: – Lavado a mano o en máquina a la temperatura máxima de 40°C. – No usar blanqueadores.
– Planchar a temperatura máx.
150°.
– Limpieza en seco en tetracloroetileno, monofluortriclorometano y todos los disolventes listados con el símbolo F (todos los disolventes salvo el tricloroetileno).
– No secar en tambor rotativo.
• La ropa de protección de un solo uso debe marcarse con la frase “No reutilizable” y con el pictograma correspondiente según la norma ISO 7000-1051: Esto debe quedar claro de manera que no se reutilice la prenda, ya que sus prestaciones pueden haber cambiado o incluso haberse deteriorado.
Además de este marcado específico exigido por las normas aplicables a cada tipo de ropa (normas de requisitos generales y normas específicas), desde el punto de vista reglamentario también se exige un determinado marcado que incluye la marca CE y otros aspectos informativos sobre el producto y su fabricante.
Así, de acuerdo al Reglamento (UE) 2016/425, la ropa de protección deberá llevar el marcado CE de conformidad que dependerá de la categoría a la que pertenece: Categoría I: Categoría II: Categoría III: YYYY donde YYYY es el número que identifica al Organismo Notificado que participe en los procedimientos de conformidad con el tipo.
BIBLIOGRAFÍA Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales (B.O.E. de 10 de noviembre) Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
(B.O.E de 12 de junio).
Reglamento (UE) 2016/425 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a los equipos de protección individual y por el que se deroga la Directiva 89/686/CEE del Consejo (D.O.U.E de 31 de marzo).
UNE-EN ISO 13688:2013 Ropa de protección.
Requisitos generales (ISO 13688:2013) (Ratificada por AENOR en enero de 2014.
) y EN ISO 13688:2013/A1 Protective clothing – General requirements – Amendment 1 (ISO 13688:2013/Amd:2021).
Normas armonizadas sobre ropa de protección.
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