Nota técnica de prevención - NTP 773
INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO Notas Técnicas de Prevención 773 Equipos de protección individual de pies y piernas.
Calzado.
Generalidades Año: 2007 Las NTP son guías de buenas prácticas.
Sus indicaciones no son obligatorias salvo que estén recogidas en una disposición normativa vigente.
A efectos de valorar la pertinencia de las recomendaciones contenidas en una NTP concreta es conveniente tener en cuenta su fecha de edición.
Complementada por la NTP 813.
Personal protective equipment for foot and leg.
Footwear.
General.
Equipement de protection individuelle pour pied et jambe.
Fecha de publicación: 08/06/2018
NIPO: 211-07-046-3
Autor: Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), O.A., M.P.
Contiene: 4 páginas
Ultima actualización: 26/09/2024
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INSTITUTO NACIONAL DE SEGURIDAD E HIGIENE EN EL TRABAJO Notas Técnicas de Prevención 773 Equipos de protección individual de pies y piernas.
Calzado.
Generalidades Año: 2007 Las NTP son guías de buenas prácticas.
Sus indicaciones no son obligatorias salvo que estén recogidas en una disposición normativa vigente.
A efectos de valorar la pertinencia de las recomendaciones contenidas en una NTP concreta es conveniente tener en cuenta su fecha de edición.
Complementada por la NTP 813.
Personal protective equipment for foot and leg.
Footwear.
General.
Equipement de protection individuelle pour pied et jambe.
Chaussure.
General.
Redactores: Antonia Hernández Castañeda Licenciada en Ciencias Químicas CENTRO NACIONAL DE MEDIOS DE PROTECCIÓN Esta NTP pretende dar una información general sobre calzado para la protección de pies y piernas.
Se hace mención a los diferentes aspectos que participan en la construcción y su repercusión en la función de protección.
1.
INTRODUCCIÓN Según establece el Real Decreto 1407/92 (transposición de la Directiva Europea 89/686/CEE, referente a la aproximación de las legislaciones de los estados miembros, relativas a los equipos de protección individual), la protección de los trabajadores hace necesario fijar las condiciones que deben cumplir los equipos de protección individual, desde su diseño y fabricación hasta su comercialización y, paralelamente, establecer las disposiciones mínimas de seguridad y salud para su utilización por los trabajadores en el lugar de trabajo.
El RD 1407/92 es aplicable a todos los equipos de protección individual (en adelante EPI), tanto de uso laboral como no laboral, que respondan a la definición de EPI: cualquier dispositivo o medio que vaya a llevar o del que vaya a disponer una persona, con el objetivo de que la proteja contra uno o varios riesgos que puedan amenazar su salud y seguridad.
Por tanto, el calzado utilizado en el desempeño de una actividad laboral, destinado a proteger frente a determinados riesgos, se considera equipo de protección individual según el Real Decreto 1407/1992.
Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este Real Decreto los siguientes equipos de protección de pies y piernas: • Los equipos y sus accesorios (desmontables o no) de uso particular o deportivo, diseñados y fabricados para proteger contra las condiciones atmosféricas.
• Los equipos y sus accesorios (desmontables o no) diseñados y fabricados específicamente para las fuerzas armadas o de orden público, incluidos los equipos de protección biológica o contra las radiaciones ionizantes.
• Cualquier tipo de calzado (en particular deportivo) que vaya equipado con elementos destinados a amortiguar golpes debidos a la marcha, la carrera, etc.
, o a proporcionar adherencia o estabilidad.
2.
RIESGOS CONTRA LOS QUE PROTEGEN LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN DE PIES Y PIERNAS Los riesgos contra los que protegen los EPI de pies y piernas se podrían clasificar en tres grupos, según el tipo de daño, como se observa en la tabla 1.
Tabla 1.
Riesgos contra los que protegen los equipos de protección de pies y piernas Daños sufridos en el pie, causados por acciones exteriores Riesgos Causas y tipos de riesgos Mecánicos • Caídas de objetos sobre: la parte delantera del pie el metatarso • Caída y golpe sobre el talón • Pisar objetos punzantes o cortantes • Corte Térmicos • Ambientes o superficies frías o calientes • Proyección de metal fundido Químicos • Líquidos o polvos agresivos Por radiaciones • Radiación ultravioleta • Sustancias radiactivas Daños sobre las personas, causados por acción directa sobre el pie Riesgos Causas y tipos de riesgos Mecánicos • Caídas a nivel, deslizamiento Eléctricos • Choque eléctrico • Descargas electrostáticas Daños causados por el equipo Riesgos Causas y tipos de riesgos Biológicos • Alergias, irritaciones, desarrollo de gérmenes patógenos • Mala transpiración, penetración de humedad Otros riesgos • Mala adaptación al pie, rigidez, peso • Luxaciones, torceduras Tabla 2.
Elementos de protección Tipo de riesgo Elemento de protección Riesgos mecánicos • Caída de objetos en la puntera • Caídas de objetos en el metatarso • Atrapamiento (aplastamiento) del pie • Caída e impacto sobre el talón • Caída por deslizamiento • Marcha sobre objetos punzantes y cortantes • Corte por sierra • Tope de seguridad o protección • Protector del metatarso • Tope de seguridad o protección • Tacón absorbedor de energía • Suela antideslizante • Plantilla resistente a la perforación • Empeine resistente al corte Riesgos eléctricos • Contacto eléctrico • Descarga electrostática • Calzado aislante de la electricidad • Suela conductora, suela antiestática Riesgos químicos • Ácidos, bases, disolventes, hidrocarburos, … • Suelas y empeines resistentes e impermeables Riesgos térmicos • Ambiente frío • Suela aislante del frío • Ambiente caluroso • Suela aislante del calor • Contacto con una superficie caliente • Suela resistente al calor por contacto • Proyección de metal fundido • Empeine resistente a proyecciones de metal fundido • Lucha contra el fuego • Suelas y empeines adaptados a la lucha contra el fuego 3.
ELEMENTOS DE PROTECCIÓN La protección ofrecida por el calzado se debe tanto a las características de los materiales empleados en su fabricación como a la incorporación de ciertos elementos destinados a proteger de riesgos concretos.
En la tabla 2 se indican, de forma no exhaustiva, algunos de estos elementos.
En la figura 1 se presentan de forma gráfica algunos de los elementos de protección mencionados anteriormente.
Puntera o tope de seguridad Plantilla resistente a la perforación Protección de los maleolos Entresuela aislante del calor Protección del metatarso Tope o puntera exterior Suela resistente al deslizamiento Suela con protección frente a riesgos eléctricos Suela con protección frente a riesgos químicos Figura 1.
Elementos de protección 4.
DISEÑO La parte de la pierna que queda protegida por el calzado dependerá de la altura de la caña que éste presente.
Así se pueden encontrar (según queda definido en las normas correspondientes) los diseños que se indican en la figura 2.
Tipo B: Bota baja o tobillera Tipo A: Zapato Tipo D: Bota alta Tipo C: Bota de media caña Figura 2.
Diseños de calzados Extensión de la caña según el usuario Tipo E: Bota extralarga 2 Notas Técnicas de Prevención 3 Notas Técnicas de Prevención 5.
TIPOS Y CLASES DE CALZADO Se distinguen tres tipos de calzados: de seguridad, de protección y de trabajo.
Cada uno de ello puede fabricarse en distintos materiales.
Calzado de seguridad Calzado que incorpora elementos para proteger al usuario de riesgos que puedan originar accidentes, equipado con tope de seguridad, diseñado para ofrecer protección contra el impacto cuando se ensaya con un nivel de energía de, al menos, 200 J y contra la compresión cuando se ensaya con una carga de al menos 15 kN. Calzado de protección Calzado que incorpora elementos para proteger al usuario de riesgos que puedan originar accidentes, equipado con tope de seguridad, diseñado para ofrecer protección contra el impacto cuando se ensaya con un nivel de energía de, al menos, 100 J y contra la compresión cuando se ensaya con una carga de al menos 10 kN. Calzado de trabajo Calzado que incorpora elementos para proteger al usuario de riesgos que puedan dar lugar a accidentes.
No garantiza protección contra el impacto y la compresión en la parte delantera del pie.
Materiales de fabricación Dependiendo del material de fabricación, se distinguen dos clasificaciones: • Clasificación I: calzado fabricado con cuero y otros materiales, excluidos calzados todo de caucho o todo polimérico.
• Clasificación II: calzado todo de caucho (por ejemplo, completamente vulcanizado) o todo polimérico (por ejemplo, completamente moldeado).
Cualquiera de los tres tipos, con las dos clasificaciones posibles, tiene una serie de prestaciones que les permiten ofrecer protección frente a diversos riesgos.
6.
CRITERIOS DE SELECCIÓN La selección del equipo se llevará a cabo una vez que hayan sido definidos los riesgos presentes en el lugar de trabajo.
Se puede tomar como base una lista de control donde, en función de los riesgos, se decidirá el tipo de equipo y el nivel de protección requerido.
Posteriormente se estudiarán los equipos certificados existentes en el mercado, que cumplan los requisitos exigidos, para proceder a su selección.
Siempre que fuese posible, se debería probar el equipo en el lugar de trabajo.
Habrá que tener en cuenta la morfología de los usuarios, por lo que será conveniente conocer la diversidad de formas y tallas ofrecidas.
7.
RECOMENDACIONES DE USO Y MANTENIMIENTO Existen determinadas situaciones o condiciones de uso que pueden alterar las prestaciones iniciales del calzado: • Envejecimiento debido al uso, humedad y temperatura ambientales, etc.
; • Acciones mecánicas, térmicas o químicas; • Almacenamiento, limpieza y mantenimiento inadecuados; • Mala elección y utilización.
El usuario debería tener en cuenta, entre otros, los aspectos relativos al plazo de caducidad y vida útil, la reutilización y el mantenimiento del calzado.
Plazo de caducidad y vida útil El plazo de caducidad es un dato aportado por el fabricante que se refiere al calzado sin utilizar, esto es, en su embalaje original y almacenado en las condiciones que especifica el fabricante.
La vida útil depende de las condiciones de trabajo y mantenimiento, por lo que no es un dato que pueda estimarse a priori.
Cada ejemplar debe ser examinado regularmente y cuando se observe alguna deficiencia (suela desgastada, deterioro, deformación o caña descosida, etc.
) deberá ser reemplazado o arreglado, siempre que el arreglo no modifique el grado de protección ofrecido por el calzado nuevo.
Reutilización del calzado El calzado de cuero adopta la forma del pie del usuario, por este motivo y por las evidentes razones de higiene, debería prohibirse la utilización del mismo par de calzados de cuero por más de una persona.
El calzado de goma o de materia plástica podría, en casos excepcionales, ser utilizado por más de una persona, siempre que se lleve a cabo una minuciosa limpieza y desinfección del mismo.
Cuando el calzado pueda ser usado por más de una persona deberá indicarse claramente la necesidad de la desinfección.
Mantenimiento El fabricante deberá indicar los productos de limpieza adecuados.
El calzado húmedo debería almacenarse de tal manera que se permita su secado, evitando su colocación cerca de fuentes de calor.
Es imprescindible observar unas mínimas medidas de higiene, lo que debería incluir el cambio de calzado y calcetines.
En casos de transpiración considerable puede ocurrir que el sudor absorbido no se elimine durante el tiempo de descanso, por lo que sería aconsejable utilizar alternativamente dos pares de calzados.
BIBLIOGRAFÍA Real Decreto 1407/92, de 20 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual. B.O.E. núm.
311, de 28 de diciembre.
Les articles chaussants de protection, edition INRS ED 811, 2ª édition avril 2000.
ISBN 2-7389-0416-5.
4 Notas Técnicas de Prevención BGR 191 Benutzung von Fu -und Beinschutz, Juli 2000 (BG Rules.
Utilisation of Footwear and Leg Protection, July 2000).
AS/NZS 2210.
1:1994 Occupational protective footwear.
Part 1: Guide to selection, care and use.
UNE-EN ISO 20345:2005 “Equipos de protección individual – Calzado de seguridad”. UNE-EN ISO 20346:2005 “Equipos de protección individual – Calzado de protección”. UNE-EN ISO 20347:2005 “Equipos de protección individual – Calzado de trabajo” Reservados todos los derechos.
Se autoriza su reproducción sin ánimo de lucro citando la fuente: INSHT, nº NTP, año y título.
NIPO: 211-07-046-3