Comisión Permanente de la CNSST

La Comisión Permanente es el órgano de apoyo al Pleno de la CNSST que tiene los siguientes cometidos y composición.


Cometidos

La Comisión Permanente es el órgano de apoyo al Pleno de la CNSST que tiene las siguientes funciones, además de las expresamente delegadas por éste:

  • Preparar las reuniones del Pleno con la Secretaría de la Comisión Nacional, proponiendo un orden del día a la Presidencia de la misma. En el orden del día se indicará expresamente qué puntos no requieren debate, salvo que algún miembro del Pleno lo solicite.

  • Proponer al Pleno cuantas medidas estime oportunas para el mejor cumplimiento de los fines de la Comisión Nacional.

  • Realizar el control y seguimiento en la aplicación de los acuerdos de la Comisión Nacional. Para ello, recabará de los grupos de trabajo información relativa al seguimiento de dichos acuerdos. Esta información será, como mínimo, de carácter anual.

  • Coordinar y controlar los grupos de trabajo, estando obligados todos ellos a informar en cada reunión de la Comisión Permanente.

  • Acordar la invitación de representantes de órganos de participación institucional, que aborden materias relacionadas con la prevención de riesgos laborales, así como de representantes de autoridades autonómicas en materia de educación, industria y sanidad.

  • Realizar la función de coordinación con otros órganos institucionales del ámbito de sanidad, industria y educación.

  • Elevar al Pleno, con el correspondiente informe, la Memoria anual.

  • Ejercer cuantas funciones le sean expresamente delegadas por el Pleno de la Comisión Nacional.

Para el desempeño de dichas funciones la Comisión Permanente se reunirá cada trimestre, así como cuantas veces la convoque su Presidente, a iniciativa propia o a petición de al menos tres componentes de la misma, pertenecientes a un mismo grupo de representación. Dos de estas reuniones coincidirán con los Plenos y se llevarán a cabo, a ser posible con una antelación de al menos tres días.

Composición

La Comisión Permanente está integrada por cinco miembros de cada grupo de representación de la CNSST, que a su vez son vocales del Pleno. Preside esta Comisión la/el Directora/or del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo por delegación del Presidente del Pleno y, ejerce la secretaría el Jefe del Secretariado Permanente de la CNSST.

El nombramiento y cese de los componentes de la Comisión Permanente se realiza por el Presidente de la CNSST, a propuesta de los correspondientes vocales o grupos de representación.