Sulfato de cobalto
Número CAS 10124-43-3
Número CE 233-334-2
Número Índice 027-005-00-0
Clasificación legal
- Carc. 1B
- Muta. 2
- Repr. 1B
Límites de exposición profesional
Pictogramas de peligro
Indicaciones de peligro
H350i | Puede provocar cáncer por inhalación. |
H341 | Se sospecha que provoca defectos genéticos. |
H360F | Puede perjudicar a la fertilidad |
H302 | Nocivo en caso de ingestión. |
H334 | Puede provocar síntomas de alergia o asma o dificultades respiratorias en caso de inhalación. |
H317 | Puede provocar una reacción alérgica en la piel. |
H400 | Muy tóxico para los organismos acuáticos. |
H410 | Muy tóxico para los organismos acuáticos, con efectos nocivos duraderos. |
Otras clasificaciones
IARC
- Grupo 1. Carcinógeno para el ser humano.
- Grupo 2A. Probablemente carcinógeno para el ser humano.
- Grupo 2B. Posiblemente carcinógeno para el ser humano.
- Grupo 3. No clasificable como carcinógeno para los humanos.
-
DFG
- Categoría 1. Agentes químicos que producen cáncer en el ser humano y aquellos para los que se asume que contribuyen al riesgo de cáncer.
- Categoría 2. Agentes químicos que han de considerarse cancerígenos para el ser humano.
- Categoría 3. Agentes que son motivo de preocupación por su efecto cancerígeno comprobado o posible, pero que no pueden ser evaluados definitivamente debido a la falta de información. La clasificación es provisional.
- Categoría 4. Agentes que producen cáncer en animales o seres humanos, o que se consideran cancerígenos para el ser humano, y para los que se puede calcular un valor MAK (concentración máxima en el lugar de trabajo). En este caso predomina un mecanismo de acción no genotóxico, y los efectos genotóxicos no desempeñan ningún papel o tan solo un papel secundario si se cumple con el valor MAK y BAT (valor biológico tolerable para agentes químicos en el lugar de trabajo).
- Categoría 5. Agentes que producen cáncer en animales o seres humanos, o que se consideran cancerígenos para el ser humano, y para los que se puede calcular un valor MAK. En este caso predomina un mecanismo de acción genotóxico para el cual se espera una contribución mínima al riesgo de cáncer para el ser humano siempre y cuando se cumpla con el valor MAK y BAT.
-
ACGIH
- Categoría A1. Carcinógeno confirmado en el ser humano.
- Categoría A2. Sospechoso de causar carcinogenicidad en el ser humano.
- Categoría A3. Carcinógeno confirmado en animales con relevancia desconocida para el ser humano.
- Categoría A4. No clasificable como carcinógeno para el ser humano.
- Categoría A5. No sospechoso de ser carcinógeno para el ser humano.
Categoría A3 Carcinógeno confirmado en animales con relevancia desconocida para el ser humano.
Carcinogenicidad
Categoría 1B
Se supone que es un carcinógeno para el hombre, en base a la existencia de pruebas en animales.
Diagnóstico (CIE-10)
Mutagenicidad en células germinales
Categoría 2
Es motivo de preocupación porque puede inducir mutaciones hereditarias en las células germinales humanas.
Reprotoxicidad
Categoría 1B
Se supone que es tóxico para la reproducción humana. La clasificación se basa fundamentalmente en la existencia de datos procedentes de estudios con animales.
Efecto específico
Efectos adversos sobre la función sexual y la fertilidad.
Puede perjudicar a la fertilidad.
Autorización
Incluida en la lista de candidatas a autorización (SVHC).
Restricciones
Nº de entrada: 28-30
-
No podrá comercializarse ni utilizarse como sustancia, como componente de otras sustancias, o en mezclas, para su venta al público en general cuando la concentración individual en la sustancia o la mezcla sea superior o igual a:
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bien al correspondiente límite específico de concentración establecido en el anexo VI, parte 3, del Reglamento (CE) nº 1272/2008, o
-
bien al límite de concentración genérico pertinente especificado en la parte 3 del anexo I del Reglamento (CE) nº 1272/2008.
Sin perjuicio de la aplicación de otras disposiciones comunitarias sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y mezclas, los proveedores deberán garantizar, antes de la comercialización, que el envase de tales sustancias o mezclas lleve de forma visible, legible e indeleble la mención siguiente: "Reservado exclusivamente a usuarios profesionales".
-
-
No obstante, el punto 1 no se aplicará a:
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los medicamentos de uso humano o veterinario, tal y como están definidos en la Directiva 2001/82/CE y en la Directiva 2001/83/CE;
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los productos cosméticos tal como los define la Directiva 76/768/CEE;
-
los siguientes combustibles y productos derivados del petróleo:
-
los carburantes contemplados en la Directiva 98/70/CE,
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los derivados de los hidrocarburos, previstos para uso como combustibles en instalaciones de combustión móviles o fijas,
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los combustibles vendidos en sistema cerrado (por ejemplo, bombonas de gas licuado);
-
-
las pinturas para artistas contempladas en Reglamento (CE) nº 1272/2008;
- ...
-
los productos contemplados por el Reglamento (UE) 2017/745.
-
Nº de entrada: 3
-
No se utilizarán en:
-
artículos decorativos destinados a producir efectos luminosos o de color obtenidos por medio de distintas fases, por ejemplo, lámparas de ambiente y ceniceros,
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artículos de diversión y broma,
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juegos para uno o más participantes o en cualquier artículo que se vaya a utilizar como tal, incluso con carácter decorativo.
-
-
Los artículos que no cumplan lo dispuesto en el punto 1 no podrán comercializarse.
Nº de entrada: 75
No se comercializarán en mezclas para su uso para tatuaje, y las mezclas que las contengan no se usarán para tatuaje si la sustancia o las sustancias en cuestión están presentes en las siguientes circunstancias:
la sustancia está presente en la mezcla en una concentración igual o superior al 0,001 % en peso;
No se utilizarán para tatuaje mezclas que no contengan la declaración "Mezcla para su uso en tatuajes o en maquillaje permanente".
Prohibición
No prohibida
Usos y aplicaciones
Se usa como pigmento en cerámica para prevenir descoloración, como
catalizador, como secante de pinturas y tintas litográficas, y como
aditivo agroquímico (nutriente de suelos). También se utiliza en
galvanoplastia, en acumuladores y en medicina veterinaria para prevenir
deficiencias de cobalto en rumiantes. Asimismo, se emplea como
intermedio en la fabricación de otros pigmentos de cobalto (utilizados
para decorar porcelana).
Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE)
Código | Actividad |
---|---|
A0161 | Actividades de apoyo a la agricultura |
A0162 | Actividades de apoyo a la ganadería |
C1811 | Artes gráficas y servicios relacionados con las mismas |
C1812 | Otras actividades de impresión y artes gráficas |
C1813 | Servicios de preimpresión y preparación de soportes |
C1814 | Encuadernación y servicios relacionados con la misma |
C1820 | Reproducción de soportes grabados |
C2012 | Fabricación de colorantes y pigmentos |
C2013 | Fabricación de otros productos básicos de química inorgánica |
C2020 | Fabricación de pesticidas y otros productos agroquímicos |
C2030 | Fabricación de pinturas, barnices y revestimientos similares; tintas de imprenta y masillas |
C2059 | Fabricación de otros productos químicos n.c.o.p. |
C2320 | Fabricación de productos cerámicos refractarios |
C2331 | Fabricación de azulejos y baldosas de cerámica |
C2332 | Fabricación de ladrillos, tejas y productos de tierras cocidas para la construcción |
C2341 | Fabricación de artículos cerámicos de uso doméstico y ornamental |
C2342 | Fabricación de aparatos sanitarios cerámicos |
C2343 | Fabricación de aisladores y piezas aislantes de material cerámico |
C2344 | Fabricación de otros productos cerámicos de uso técnico |
C2349 | Fabricación de otros productos cerámicos |
C2561 | Tratamiento y revestimiento de metales |
C2562 | Ingeniería mecánica por cuenta de terceros |
C2720 | Fabricación de pilas y acumuladores eléctricos |
M7500 | Actividades veterinarias |
N8130 | Actividades de jardinería |
Clasificación Nacional de Ocupaciones (CNO)
Código | Ocupación |
---|---|
2130 | Veterinarios |
2413 | Químicos |
3121 | Técnicos en ciencias físicas y químicas |
3126 | Técnicos en mecánica |
3127 | Técnicos y analistas de laboratorio en química industrial |
3128 | Técnicos en metalurgia y minas |
3133 | Técnicos en control de instalaciones de procesamiento de productos químicos |
3135 | Técnicos en control de procesos de producción de metales |
3204 | Supervisores de industrias química y farmacéutica |
3207 | Supervisores de la producción en industrias de artes gráficas y en la fabricación de productos de papel |
3209 | Supervisores de otras industrias manufactureras |
6110 | Trabajadores cualificados en actividades agrícolas (excepto en huertas, invernaderos, viveros y jardines) |
6201 | Trabajadores cualificados en actividades ganaderas de vacuno |
6202 | Trabajadores cualificados en actividades ganaderas de ovino y caprino |
7231 | Pintores y empapeladores |
7232 | Pintores en las industrias manufactureras |
7311 | Moldeadores y macheros |
7312 | Soldadores y oxicortadores |
7313 | Chapistas y caldereros |
7314 | Montadores de estructuras metálicas |
7315 | Montadores de estructuras cableadas y empalmadores de cables |
7321 | Herreros y forjadores |
7322 | Trabajadores de la fabricación de herramientas, mecánico-ajustadores, modelistas, matriceros y afines |
7323 | Ajustadores y operadores de máquinas-herramienta |
7324 | Pulidores de metales y afiladores de herramientas |
7521 | Mecánicos y reparadores de equipos eléctricos |
7614 | Trabajadores de la cerámica, alfareros y afines |
7621 | Trabajadores de procesos de preimpresión |
7622 | Trabajadores de procesos de impresión |
7623 | Trabajadores de procesos de encuadernación |
8121 | Operadores en instalaciones para la obtención y transformación de metales |
8122 | Operadores de máquinas pulidoras, galvanizadoras y recubridoras de metales |
8131 | Operadores en plantas industriales químicas |
8191 | Operadores de hornos e instalaciones de vidriería y cerámica |
8202 | Ensambladores de equipos eléctricos y electrónicos |
9511 | Peones agrícolas (excepto en huertas, invernaderos, viveros y jardines) |
9512 | Peones agrícolas en huertas, invernaderos, viveros y jardines |
9520 | Peones ganaderos |
9700 | Peones de las industrias manufactureras |