Diacetato de cobalto
- Acetato de cobalto (II)
Número CAS 71-48-7
Número CE 200-755-8
Número Índice 027-006-00-6
Clasificación legal
- Carc. 1B
- Muta. 2
- Repr. 1B
Límites de exposición profesional
No establecido
Pictogramas de peligro
Indicaciones de peligro
H350i | Puede provocar cáncer por inhalación. |
H341 | Se sospecha que provoca defectos genéticos. |
H360F | Puede perjudicar a la fertilidad |
H334 | Puede provocar síntomas de alergia o asma o dificultades respiratorias en caso de inhalación. |
H317 | Puede provocar una reacción alérgica en la piel. |
H400 | Muy tóxico para los organismos acuáticos. |
H410 | Muy tóxico para los organismos acuáticos, con efectos nocivos duraderos. |
Otras clasificaciones
IARC
- Grupo 1. Carcinógeno para el ser humano.
- Grupo 2A. Probablemente carcinógeno para el ser humano.
- Grupo 2B. Posiblemente carcinógeno para el ser humano.
- Grupo 3. No clasificable como carcinógeno para los humanos.
-
DFG
- Categoría 1. Agentes químicos que producen cáncer en el ser humano y aquellos para los que se asume que contribuyen al riesgo de cáncer.
- Categoría 2. Agentes químicos que han de considerarse cancerígenos para el ser humano.
- Categoría 3. Agentes que son motivo de preocupación por su efecto cancerígeno comprobado o posible, pero que no pueden ser evaluados definitivamente debido a la falta de información. La clasificación es provisional.
- Categoría 4. Agentes que producen cáncer en animales o seres humanos, o que se consideran cancerígenos para el ser humano, y para los que se puede calcular un valor MAK (concentración máxima en el lugar de trabajo). En este caso predomina un mecanismo de acción no genotóxico, y los efectos genotóxicos no desempeñan ningún papel o tan solo un papel secundario si se cumple con el valor MAK y BAT (valor biológico tolerable para agentes químicos en el lugar de trabajo).
- Categoría 5. Agentes que producen cáncer en animales o seres humanos, o que se consideran cancerígenos para el ser humano, y para los que se puede calcular un valor MAK. En este caso predomina un mecanismo de acción genotóxico para el cual se espera una contribución mínima al riesgo de cáncer para el ser humano siempre y cuando se cumpla con el valor MAK y BAT.
-
ACGIH
- Categoría A1. Carcinógeno confirmado en el ser humano.
- Categoría A2. Sospechoso de causar carcinogenicidad en el ser humano.
- Categoría A3. Carcinógeno confirmado en animales con relevancia desconocida para el ser humano.
- Categoría A4. No clasificable como carcinógeno para el ser humano.
- Categoría A5. No sospechoso de ser carcinógeno para el ser humano.
-
Carcinogenicidad
Categoría 1B
Se supone que es un carcinógeno para el hombre, en base a la existencia de pruebas en animales.
Diagnóstico (CIE-10)
C34: Neoplasia maligna de bronquio y pulmón
Mutagenicidad en células germinales
Categoría 2
Es motivo de preocupación porque puede inducir mutaciones hereditarias en las células germinales humanas.
Reprotoxicidad
Categoría 1B
Se supone que es tóxico para la reproducción humana. La clasificación se basa fundamentalmente en la existencia de datos procedentes de estudios con animales.
Efecto específico
Efectos adversos sobre la función sexual y la fertilidad.
Puede perjudicar a la fertilidad.
Autorización
Incluida en la lista de candidatas a autorización (SVHC).
Restricciones
Nº de entrada: 28-30
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No podrá comercializarse ni utilizarse como sustancia, como componente de otras sustancias, o en mezclas, para su venta al público en general cuando la concentración individual en la sustancia o la mezcla sea superior o igual a:
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bien al correspondiente límite específico de concentración establecido en el anexo VI, parte 3, del Reglamento (CE) nº 1272/2008, o
-
bien al límite de concentración genérico pertinente especificado en la parte 3 del anexo I del Reglamento (CE) nº 1272/2008.
Sin perjuicio de la aplicación de otras disposiciones comunitarias sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y mezclas, los proveedores deberán garantizar, antes de la comercialización, que el envase de tales sustancias o mezclas lleve de forma visible, legible e indeleble la mención siguiente: "Reservado exclusivamente a usuarios profesionales".
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-
No obstante, el punto 1 no se aplicará a:
-
los medicamentos de uso humano o veterinario, tal y como están definidos en la Directiva 2001/82/CE y en la Directiva 2001/83/CE;
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los productos cosméticos tal como los define la Directiva 76/768/CEE;
-
los siguientes combustibles y productos derivados del petróleo:
-
los carburantes contemplados en la Directiva 98/70/CE,
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los derivados de los hidrocarburos, previstos para uso como combustibles en instalaciones de combustión móviles o fijas,
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los combustibles vendidos en sistema cerrado (por ejemplo, bombonas de gas licuado);
-
-
las pinturas para artistas contempladas en Reglamento (CE) nº 1272/2008;
- ...
-
los productos contemplados por el Reglamento (UE) 2017/745.
-
Nº de entrada: 3
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No se utilizarán en:
-
artículos decorativos destinados a producir efectos luminosos o de color obtenidos por medio de distintas fases, por ejemplo, lámparas de ambiente y ceniceros,
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artículos de diversión y broma,
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juegos para uno o más participantes o en cualquier artículo que se vaya a utilizar como tal, incluso con carácter decorativo.
-
-
Los artículos que no cumplan lo dispuesto en el punto 1 no podrán comercializarse.
Nº de entrada: 75
No se comercializarán en mezclas para su uso para tatuaje, y las mezclas que las contengan no se usarán para tatuaje si la sustancia o las sustancias en cuestión están presentes en las siguientes circunstancias:
la sustancia está presente en la mezcla en una concentración igual o superior al 0,001 % en peso;
No se utilizarán para tatuaje mezclas que no contengan la declaración "Mezcla para su uso en tatuajes o en maquillaje permanente".
Prohibición
No prohibida
Usos y aplicaciones
Se utiliza como agente blanqueante y secante para tintas, lacas y
barnices y actúa como catalizador en reacciones de oxidación y
esterificación. Se utiliza como materia prima en la fabricación de
tintas invisibles y pigmentos y como suplemento mineral en los aditivos
para la alimentación de ganado. Se usa como recubrimiento de materiales
cerámicos para mejorar sus propiedades mecánicas. En combinación con
otras sales de cobalto actúa como antídoto en intoxicaciones por cianuro.
Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE)
Código | Actividad |
---|---|
A0162 | Actividades de apoyo a la ganadería |
C1091 | Fabricación de productos para la alimentación de animales de granja |
C1092 | Fabricación de productos para la alimentación de animales de compañía |
C2012 | Fabricación de colorantes y pigmentos |
C2013 | Fabricación de otros productos básicos de química inorgánica |
C2014 | Fabricación de otros productos básicos de química orgánica |
C2030 | Fabricación de pinturas, barnices y revestimientos similares; tintas de imprenta y masillas |
C2110 | Fabricación de productos farmacéuticos de base |
C2120 | Fabricación de especialidades farmacéuticas |
C2320 | Fabricación de productos cerámicos refractarios |
C2331 | Fabricación de azulejos y baldosas de cerámica |
C2332 | Fabricación de ladrillos, tejas y productos de tierras cocidas para la construcción |
C2341 | Fabricación de artículos cerámicos de uso doméstico y ornamental |
C2342 | Fabricación de aparatos sanitarios cerámicos |
C2343 | Fabricación de aisladores y piezas aislantes de material cerámico |
C2344 | Fabricación de otros productos cerámicos de uso técnico |
C2349 | Fabricación de otros productos cerámicos |
Q8610 | Actividades hospitalarias |
Q8621 | Actividades de medicina general |
Q8622 | Actividades de medicina especializada |
Q8623 | Actividades odontológicas |
Q8690 | Otras actividades sanitarias |
Clasificación Nacional de Ocupaciones (CNO)
Código | Ocupación |
---|---|
2111 | Médicos de familia |
2112 | Otros médicos especialistas |
2121 | Enfermeros no especializados |
2122 | Enfermeros especializados (excepto matronos) |
2123 | Matronos |
2130 | Veterinarios |
2140 | Farmacéuticos |
2151 | Odontólogos y estomatólogos |
2152 | Fisioterapeutas |
2153 | Dietistas y nutricionistas |
2154 | Logopedas |
2155 | Ópticos-optometristas |
2156 | Terapeutas ocupacionales |
2157 | Podólogos |
2158 | Profesionales de la salud y la higiene laboral y ambiental |
2159 | Profesionales de la salud no clasificados bajo otros epígrafes |
2413 | Químicos |
3121 | Técnicos en ciencias físicas y químicas |
3127 | Técnicos y analistas de laboratorio en química industrial |
3133 | Técnicos en control de instalaciones de procesamiento de productos químicos |
3204 | Supervisores de industrias química y farmacéutica |
3209 | Supervisores de otras industrias manufactureras |
3311 | Técnicos en radioterapia |
3312 | Técnicos en imagen para el diagnóstico |
3313 | Técnicos en anatomía patológica y citología |
3314 | Técnicos en laboratorio de diagnóstico clínico |
3315 | Técnicos en ortoprótesis |
3316 | Técnicos en prótesis dentales |
3317 | Técnicos en audioprótesis |
3321 | Técnicos superiores en higiene bucodental |
3322 | Técnicos superiores en documentación sanitaria |
3323 | Técnicos superiores en dietética |
3324 | Técnicos en optometría |
3325 | Ayudantes fisioterapeutas |
3326 | Técnicos en prevención de riesgos laborales y salud ambiental |
3327 | Ayudantes de veterinaria |
3329 | Técnicos de la sanidad no clasificados bajo otros epígrafes |
3331 | Profesionales de la acupuntura, la naturopatía, la homeopatía, la medicina tradicional china y la ayurveda |
3339 | Otros profesionales de las terapias alternativas |
6201 | Trabajadores cualificados en actividades ganaderas de vacuno |
6202 | Trabajadores cualificados en actividades ganaderas de ovino y caprino |
6203 | Trabajadores cualificados en actividades ganaderas de porcino |
6204 | Trabajadores cualificados en apicultura y sericicultura |
6205 | Trabajadores cualificados en la avicultura y la cunicultura |
6209 | Trabajadores cualificados en actividades ganaderas no clasificados bajo otros epígrafes |
7231 | Pintores y empapeladores |
7232 | Pintores en las industrias manufactureras |
7614 | Trabajadores de la cerámica, alfareros y afines |
8131 | Operadores en plantas industriales químicas |
8132 | Operadores de máquinas para fabricar productos farmacéuticos, cosméticos y afines |
8191 | Operadores de hornos e instalaciones de vidriería y cerámica |
9520 | Peones ganaderos |
9700 | Peones de las industrias manufactureras |